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En 2021 se han visto algunas señales de reactivación de la economía. Uno de los principales indicadores ha sido el fuerte incremento del número de nuevas sociedades mercantiles que se han creado: el pasado ejercicio se registró un aumento del 27,7% respecto de 2020, con un total de 101.134 empresas. Sin embargo, la guerra en Ucrania, la crisis de suministros y el alza de los precios condicionarán la actividad empresarial. Con todo, a continuación detallamos los principales pasos para crear una empresa. Si necesitas asesoramiento personalizado para poner en marcha tu negocio, contacta con nuestro equipo de abogados.
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Los datos citados los ha dado a conocer el Instituto Nacional de Estadística (INE) y suponen el mayor crecimiento anual desde el ejercicio 2008. Con estos datos positivos, se pone fin a dos ejercicios consecutivos de retrocesos en la constitución de sociedades mercantiles, tras las caídas del 1,2% y del 15,7% experimentadas en 2019 y en 2020, el año en que se declaró la pandemia. No obstante, hay que apuntar que las disoluciones de sociedades también han aumentado.
¿Qué condicionantes habrá en 2022 para crear una empresa? El presente ejercicio estará marcado por la guerra de Ucrania, la escasez de suministros y el alza de los precios energéticos, que tendrán un impacto en toda la actividad económica y empresarial. Aunque a día de hoy se han aprobado algunas ayudas para determinados sectores, lo cierto es que será un año lleno de desafíos para los empresarios. A ello hay que sumar los efectos de la pandemia, que aún se dejan sentir.
2022 también estará condicionado por las novedades legales que afectarán a emprendedores, a la creación de nuevas empresas y al impulso de proyectos empresariales innovadores y tecnológicos. Aquí detallamos las claves de la Ley de Startups y los principales puntos de interés del Anteproyecto de ley Crea y Crece para los emprendedores.
El capital social suscrito en 2021 ascendió a más de 5.041 millones de euros, un 2,6% más que en 2020. Mientras que el capital medio suscrito decreció un 19,6%, situándose en 49.846 euros.
Pasos para crear una empresa
Hay una serie de aspectos básicos que se deben tener en cuenta a la hora de constituir una sociedad. Lo más recomendable es contar con asesoramiento legal especializado antes de tomar decisiones que podrían condicionar el futuro del negocio, pero en términos generales estos son los pasos para crear una empresa:
- Estructura jurídica. El emprendedor debe conocer y elegir la estructura jurídica adecuada al negocio. Puede ser desde empresario autónomo, a una Sociedad Anónima, Sociedad de Responsabilidad Limitada, una Comunidad de Bienes etc. Existe muchas otras formas jurídicas, tal como señala el Ministerio de Industria, Comercio y Turismo en el portal de Creación de empresas. Para decidir la más adecuada, será necesario tener en cuenta el tipo de actividades que se van a desarrollar, el número de socios, la cuantía del capital social y la responsabilidad frente a terceros.
- Denominación social. Será necesario elegir un nombre, que no debe coincidir con ninguna denominación que ya esté inscrita en el Registro Mercantil. Para ello, se debe solicitar la certificación negativa de la denominación social de la empresa.
- Cuenta bancaria. Se debe abrir una cuenta bancaria única y exclusiva para la sociedad, donde se depositará el capital social. Será necesario solicitar un certificado de depósito para acreditar el capital social en el momento de la constitución de la empresa y debe incluir los datos del socio o socios y las aportaciones realizadas.
- Estatutos sociales. Es un paso de enorme relevancia porque en él se definen no solo los datos básicos de la sociedad (denominación social, domicilio social, objeto social o actividad de la empresa, capital social, etc.) sino también aspectos como el órgano de administración, la adopción de acuerdos en la junta, el reparto de dividendos, el proceso en caso de disolución y otros aspectos que condicionarán el funcionamiento de la empresa.
- Escritura pública. La constitución de la sociedad se realizará mediante escritura notarial, con presencia de todos los socios de la empresa y con la siguiente documentación: la certificación negativa del Registro Mercantil, el certificado bancario de depósito de capital social, los estatutos sociales, el DNI o NIE de los socios.
- Hacienda. La empresa debe ser dada de alta en la Agencia Tributaria, que emitirá un NIF provisional. Para ello, se debe presentar el modelo 036, una copia de la escritura de constitución de la sociedad y de los estatutos sociales.
- Inscripción registral. Con el NIF provisional, ya se puede inscribir la empresa en el Registro Mercantil para que se complete el proceso de constitución y tenga plena capacidad jurídica
- NIF definitivo. Finalmente, ya se podrá solicitar el NIF definitivo. Esta gestión se puede realizar de forma telemática en la Agencia Tributaria o bien presencialmente, mediante el modelo 036, con la casilla 120 marcada. Para ello, se deberá aportar la copia de la escritura pública, el certificado de inscripción en el Registro Mercantil, la fotocopia del NIF de la persona que firme la declaración censal y el original y fotocopia del documento que acredite la capacidad de representación de quien firma la declaración censal.
Aparte de estas gestiones, también será necesario realizar otras actuaciones ante diversos organismos, como el alta en el Censo de empresarios, profesionales y retenedores, así como darse de alta en el Impuesto sobre Actividades Económicas (IAE) ante la Agencia Tributaria; el alta de los socios y administradores ante el régimen correspondiente y/o el alta como autónomo, cuando proceda, que se realiza en la Tesorería General de la Seguridad Social; legalización de libros en el Registro Mercantil; la obtención del certificado electrónico; la obtención de licencias de actividad o la inscripción ante organismos oficiales o registros, dependiendo de si así lo requiere la actividad que se vaya a ejercer.
A todo ello, se suman las gestiones adicionales que conlleva la contratación de trabajadores: la obtención de un código de cuenta de cotización de la empresa, el alta de los trabajadores en el Régimen de la Seguridad Social que corresponda, el alta de los contratos de trabajo, la comunicación de apertura del centro de trabajo, etc.
Disolución de sociedades, insolvencias y moratoria
Al tiempo que aumentó la creación de sociedades, en 2021 también se incrementó la disolución de empresas, un 17,1% respecto a 2020, hasta un total de 23.778, la mayor cifra desde 2013.
Y estos datos se producen en un entorno marcado también por la moratoria concursal, que se ha extendido en varias ocasiones y que actualmente está vigente hasta el 30 de junio de 2022. Dada los condicionantes actuales, no es descartable que el Gobierno la amplíe nuevamente, ya que se trata de una medida pensada para paliar las consecuencias de la crisis de la pandemia en las empresas cuya actividad se haya visto afectada y permite que los deudores en situación de insolvencia no estén obligados a solicitar la declaración de concurso de acreedores.
Sin embargo, no siempre es conveniente para las empresas en insolvencia o preinsolvencia aplazar esta gestión. De hecho, en muchos casos es indispensable no aplazar esta decisión. Para ello, lo recomendable es buscar asesoramiento legal para actuar con agilidad y adoptar las medidas necesarias antes de que la situación se agrave. Aquí encontrarás información adicional sobre la moratoria de concursos de acreedores y sus consecuencias legales.
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