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29 agosto, 2022Demandas por cláusulas abusivas: cinco años de los juzgados especializados

En junio se cumplieron cinco años desde la puesta en marcha los juzgados especializados en atender las numerosas demandas por cláusulas abusivas en hipotecas que, desde entonces, han presentado los consumidores. Los inicios de estos organismos judiciales se sitúan en el acuerdo alcanzado el 1 de junio de 2017 entre el Ministerio de Justicia y el Consejo General del Poder Judicial (CGPJ). A partir de entonces, empezaron a funcionar a nivel provincial para evitar el colapso de la justicia ordinaria y en estos cinco años se han resulto 7 de cada 10 asuntos. Si tienes alguna duda legal, contacta con nosotros, nuestra área de Derecho Bancario te asesorará sobre las posibles reclamaciones que puedes realizar.
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«El plan consistió en la especialización de 54 juzgados de primera instancia en el territorio nacional para la atribución, con la competencia territorial que se estableciera en cada caso, del conocimiento de los asuntos relativos a las acciones individuales sobre condiciones generales incluidas en contratos de financiación con garantías reales inmobiliarias cuyo prestatario fuera una persona física», recuerda Cristina Sterling, abogada que lidera el área de Derecho Bancario del Bufete Mas y Calvet.
De este modo, se gestionaba la avalancha de demandas por cláusulas abusivas que se produjeron tras los procedimientos judiciales referidos a la nulidad de las cláusulas suelo en los contratos de préstamo con garantía hipotecaria, que afectaban a un número importante de ciudadanos y que tuvieron una notable repercusión mediática. A ello siguieron las hipotecas multidivisa, los gastos de formalización de hipoteca, la cláusula del vencimiento anticipado, los intereses moratorios, o las llamadas hipotecas IRPH.
Desde junio de 2017, los juzgados especializados en cláusulas abusivas dictaron 420.154 sentencias, de las cuales el 97,4% fueron favorables al cliente.
La tendencia en la tramitación de estos asuntos ha ido a la baja en los últimos años. Por ello, a finales de 2020 ya dejaron de operar nueve juzgados por el escaso volumen de asuntos que estaban pendientes de resolver. Los primeros juzgados especiales para atender demandas por cláusulas abusivas que dejaron de funcionar en 2020 fueron los de Zaragoza, Ávila, Soria, Segovia, Lugo, Ourense, Huesca, Teruel y La Rioja. A partir del pasado mes de julio de 2022 quedan en activo 22 juzgados especiales en toda España.
Tras la disolución el 30 de junio pasado de los de Cáceres y Badajoz, siguen en vigor los órganos judiciales de Asturias, Cantabria, Castellón, Toledo, Ciudad Real, Burgos, Navarra, Álava y Guipúzcoa, cuyo funcionamiento se ha prorrogado más allá de finales de junio de 2002. Estos se suman a los otros 13 juzgados especiales cuyo vencimiento está previsto para el 31 de diciembre de 2022 -aunque igualmente se puede prorrogar en caso de ser necesario-, situados en las provincias de Cádiz, Málaga, Sevilla, Mallorca, Tenerife, Valladolid, León, Barcelona, Valencia, Alicante, Madrid, Vizcaya y Murcia.
«Las entradas de nuevas demandas han sufrido un descenso considerable, siendo previsible que gracias a la ya importante jurisprudencia en la materia (en la práctica totalidad de los casos, favorable al consumidor) y la legislación dictada (entre otras, la Ley 5/2019, de 15 de marzo), en el futuro no se repitan tan reprobables prácticas de las entidades bancarias con sus clientes», comenta nuestra especialista en Derecho Bancario.
Demandas por cláusulas abusivas: balance
¿Cuáles han sido los resultados de esta apuesta por la especialización de los juzgados que han resuelto las demandas por cláusulas abusivas? Las estadísticas publicadas por el CGPJ muestran que en total se han resuelto 501.600 casos, equivalentes al 71% de los 713.129 asuntos ingresados desde junio de 2017.
En 2021 se registró un importante descenso de los asuntos pendientes de resolución en estos juzgados provinciales, confirmando de este modo la tendencia a la baja de los últimos años. A finales de 2021, el número de asuntos en trámite llegaba a 212.969, un 11,17% menos que en 2020, cuanto totalizaron 239.773 asuntos.

«La especialización de los Juzgados acordada tuvo como consecuencia la unificación de los criterios de decisión y la predictibilidad de la respuesta judicial, todo lo cual beneficia la seguridad jurídica. Ello a su vez propicia los acuerdos extrajudiciales (y rápidos) entre las entidades bancarias y los consumidores»
Cristina Sterling, abogada especialista en Derecho Bancario del Bufete Mas y Calvet
El número de asuntos ingresados en estos juzgados fue de 116.293, un 5% más que en 2020 y el número de asuntos resueltos aumentó un 24,2%, al pasar de 114.966 asuntos en 2020 a 143.050 de 2021. La tasa de resolución anual creció un 123% respecto de los tres ejercicios anteriores.
Las comunidades que lideran la tasa de resolución acumulada desde 2017 son, por orden, Aragón, La Rioja, Asturias, Navarra y Extremadura, todas ellas con más del 90%. Por el contrario, Madrid presenta la tasa de resolución más baja, con un 38,8%, seguida de Cataluña, con un 63%.
Sobre estos datos, la abogada Cristina Sterling aclara que tratándose de juzgados con jurisdicción provincial, necesariamente debía colapsar en determinadas provincias, ya que el trato era igual en Madrid y Huesca, por ejemplo. «En Madrid, un único juzgado era competente para el conocimiento de estos asuntos, teniendo una población superior a los 6,6 millones de habitantes y siendo, además, la sede social de un considerable número de entidades financieras, por lo que un consumidor afectado, tenía la posibilidad de demandar en Madrid, cualquiera que fuera el lugar de su domicilio».
Por ello no es sorprendente que Madrid presente la tasa de resolución más baja de asuntos: es el juzgado con mayor número de casos acumulados y pendientes de sentencia.
Especialistas en Derecho Bancario
En el Bufete Mas y Calvet contamos con el área de Derecho Bancario y Mercado de Valores, formada por un equipo de abogados especializados en el asesoramiento sobre operaciones efectuadas en el marco de la banca comercial, la banca personal y la banca privada, así como en determinadas adquisiciones en mercados primarios y secundarios, dentro del tiempo de vigencia de la validez del folleto de emisión, tanto por inversores minoristas como profesionales. Contacte con nosotros para cualquier consulta legal relacionada con productos bancarios.