
Protección del derecho a la vida del nasciturus en la jurisprudencia del Tribunal Europeo de Derechos Humanos: aportación de la STEDH de 11 de junio de 2026, asunto C.P. c. España
5 octubre, 2026La futura EU Space Act a debate: huella ambiental, basura espacial y servicios en órbita

Por Carlos Albareda Úbeda abogado del Bufete Más y Calvet. Abogado especialista en Derecho Espacial y en Tecnología en el Bufete Mas y Calvet
La propuesta de la EU Space Act (Reglamento europeo sobre actividades espaciales), presentada por la Comisión Europea en junio de 2025 y actualmente en plena tramitación en el Parlamento Europeo, marcará un antes y un después para la industria espacial en Europa.

La norma busca articular un marco uniforme basado en tres pilares: seguridad, resiliencia y sostenibilidad.
Recientemente tuve la oportunidad de participar en la mesa redonda del VI Congreso Jurídico Espacial de AEDAE para analizar los retos jurídicos y operativos que esta regulación planteará a las empresas del sector. A continuación, resumo las principales ideas clave abordadas en mi intervención entorno a tres bloques esenciales: la huella ambiental, la mitigación de la basura espacial y los servicios en órbita.
1. Huella ambiental: «Preparada no pero con tiempo para prepararse, sí»
La propuesta exige a los operadores calcular la huella ambiental de sus misiones a lo largo de todo su ciclo de vida (diseño, fabricación, operaciones y fin de vida) e integrarla en la solicitud de autorización (arts. 96-100).
2. El verdadero coste es el dato, no el cálculo
El gran desafío para una empresa espacial no es aplicar una fórmula, sino obtener datos verificados de toda su cadena de suministro —incluidos los proveedores de fuera de la UE— para volcarlos en la base de datos de la Comisión. Para las pymes y startups, esto supone una carga burocrática y económica considerable.
3. El régimen transitorio como ventana de oportunidad: ¿Están preparadas las empresas europeas?
La respuesta es clara: hoy por hoy, no; pero la ley concede tiempo. Las pymes y entidades de investigación cuentan con exenciones en misiones de demostración en órbita (IOD/IOV) y una moratoria general hasta el31 de diciembre de 2031. Para los servicios en órbita, el plazo se amplía hasta 2034.
Nadie cuestiona que la sostenibilidad sea necesaria para proteger el espacio y alinearse con el Pacto Verde Europeo. La cuestión es cómo se exige, lo razonable es consolidar primero la metodología y los estándares técnicos, y solo después aplicar sanciones. El propio Consejo de la UE ya ha aligerado la carga suprimiendo ciertos certificados de terceros, lo que demuestra que la preocupación del sector es real y escuchada.
Mitigación de basura espacial (Art. 70): ¿Oportunidad o sobrerregulación?
El artículo 70 exige planes integrales de mitigación de residuos durante todo el ciclo de vida de la misión. Este precepto busca sustituir 27 regímenes nacionales dispares por un marco único en la UE, aportando seguridad jurídica y evitando el arbitraje regulatorio.
Competencia con terceros países
La norma no pretende regular de forma extraterritorial cualquier actividad en el mundo, pero sí somete a los operadores de terceros países a estos mismos requisitos cuando prestan servicios en el mercado comunitario (exigiéndoles un representante legal en la UE o mediante decisiones de equivalencia).
El riesgo de la incertidumbre
El principal recelo de la industria es que gran parte de los requisitos técnicos se remiten a futuros actos de ejecución. Esta falta de concreción dificulta evaluar riesgos e invertir con confianza, e incluso ha llevado a potencias como EE. UU. a calificar la norma de barrera no arancelaria.
Si Europa logra convertir sus estándares en el patrón de referencia internacional (el denominado «efecto Bruselas», como ocurrió con el RGPD en protección de datos), estaremos ante una gran oportunidad. Por el contrario, habrá un riesgo de sobrerregulación si los actos de ejecución se retrasan o si no se aprueban equivalencias reales con terceros países.
Servicios en órbita (ISOS) y la economía circular del espacio
Hasta ahora las actividades de servicio en órbita (In-Space Servicing, ISOS) y de eliminación activa de residuos carecían de un marco normativo en la UE y se autorizaban caso por caso. La EU Space Act introduce, por primera vez, una regulación vinculante para actividades como la inspección, reparación, repostaje, reciclaje de componentes o retirada de satélites.
Impulso a la demanda a partir de 2034
La norma no solo permite estas operaciones, sino que obligará a que los activos espaciales comunitarios de cierto tamaño estén diseñados para recibir servicio (incorporando interfaces compatibles y modos operativos cooperativos).
Carlos Albareda Úbeda es abogado del Bufete Mas y Calvet, donde integra las áreas de Tecnología y de Derecho Espacial del Bufete Mas y Calvet
Colegiado en el Ilustre Colegio de Abogados de Madrid desde 2021, cuenta con formación en Criminología y Ciencias Forenses y en Administración y Finanzas.
Ha participado en proyectos de consultoría tecnológica, protección de datos y propiedad intelectual.
Ha colaborado como mentor en programas espaciales europeos con orientación legal a startups y empresas del sector tecnológico y espacial.
Desde 2023 ha sido reconocido en The Best Lawyers in Spain® 2022 «Ones to watch», en la categoría Technology.

Un incentivo económico aún débil
Pese al avance, el texto ha ido perdiendo fuerza en el debate comunitario respecto al impulso de estándares de interfaz comunes e interoperables (módulos intercambiables). Sin estándares unificados, cada proveedor solo puede dar servicio a un número muy limitado de clientes, y sin volumen no hay un mercado viable.
Europa tiene una capacidad tecnológica excelente en este ámbito, pero el sector está fragmentado. Necesitamos traccionar la demanda mediante contratación pública estratégica y financiación (vía ESA o Programa Marco). Además, la regulación debe resolver aspectos cruciales que han quedado abiertos, como la responsabilidad civil y la cobertura aseguradora en operaciones complejas de acoplamiento y manipulación en órbita.
La EU Space Act es un paso imprescindible para garantizar el futuro del sector. Sin embargo el éxito de la norma dependerá de su capacidad para no asfixiar a las empresas con requisitos precipitados, acompasando las exigencias legales al desarrollo real de la tecnología y de los estándares técnicos
- La futura EU Space Act a debate: huella ambiental, basura espacial y servicios en órbita
- Protección del derecho a la vida del nasciturus en la jurisprudencia del Tribunal Europeo de Derechos Humanos: aportación de la STEDH de 11 de junio de 2026, asunto C.P. c. España
- Sociedades de capital sin ánimo de lucro: una posibilidad societaria con matices fiscales
- Efrén Díaz Díaz, Responsable del Área de Tecnología y Espacial de Bufete Mas y Calvet, nombrado Socio de Honor de PETEC 2026
- El real decreto 723/2026: la esperada transposición de la directiva sobre condiciones laborales transparentes y previsibles llega al ordenamiento español

