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8 agosto, 2023La necesidad de retomar la reforma de la Ley de Mecenazgo

El adelanto electoral ha supuesto que finalmente no se haya aprobado la reforma de la Ley de Mecenazgo, cuya tramitación ya había llegado al Senado. Antes, el pasado 26 de abril, la Comisión de Hacienda y Función Pública del Congreso de los Diputados había aprobado la Proposición de Ley de modificación de la Ley 49/2002, de 23 de diciembre, de régimen fiscal de las entidades sin fines lucrativos y de los incentivos fiscales al mecenazgo. Ningún partido político votó en contra de dicha reforma. Ya en marzo de 2021, en su toma en consideración, fue aprobada por una amplia mayoría.
Este consenso, en un momento de tanta convulsión política, deja ver la pertinencia y adecuación de la citada reforma legal. Por este motivo, hay que recordar las medidas que se incorporaban, dado el acierto y necesidad de esta norma para un sector de la importancia y auge como es el de las fundaciones y asociaciones.
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Claves de la reforma de la Ley de Mecenazgo
Esta reforma beneficiaba a las fundaciones y a los donantes. ¿De qué modo? Estos son algunos ejemplos que deberían mantenerse cuando se retome la normalidad del trabajo legislativo:
Mejoras para el donante
En primer lugar, se estimulaba el micromecenazgo: que los pequeños donantes a entidades sin ánimo de lucro se pudieran beneficiar de una mayor deducción en la cuota del IRPF o del IS por sus donaciones (es decir, personas físicas y jurídicas).
Otra mejora consistía en que la cesión de uso de bienes inmuebles se entendiese como donación: la cesión del uso de un local a una entidad sujeta a los beneficios de la Ley 49/2002 (una ONG, por ejemplo) suponía la desgravación del valor equivalente a una donación dineraria por ese importe.
La prestación de servicios gratuita se incluía dentro del concepto de convenio de colaboración, como puede ser la labor pro bono de un despacho de abogados. También cabía que el donante obtuviera un retorno simbólico: por ejemplo, que donara a una fundación titular de un museo y que ésta, como gratificación, ofreciera al donante un par de entradas para asistir con otra persona a una exposición temporal del museo.
Mejoras para la entidad sin ánimo de lucro (fundaciones y asociaciones de utilidad pública sujetas al régimen de la Ley 49/2002)
Además de las anteriores medidas, que favorecen a los donantes y, por tanto, podían propiciar que las entidades recibieran más donaciones, se ampliaban las modalidades de explotaciones económicas exentas.
Es decir, las fundaciones podrían desarrollar más actividades: actividades de inclusión sociolaboral en favor de las personas en riesgo de exclusión social de enseñanza; actividades de prestación de servicios de enseñanza y de formación profesional para estudiantes con altas capacidades; o actividades de desarrollo, innovación, etc.
También se reforzaba el automatismo por aplicar exenciones de tributos de competencia local a bienes de las entidades sin ánimo de lucro
«La reforma de la Ley de Mecenazgo supondría un gran impulso para las organizaciones del Tercer Sector, que trabajan por colectivos, minorías, y distintas causas, todas de interés general».
Alejandro Álvarez Serrano, abogado del Bufete Mas y Calvet

Otra medida que podría incluirse en la nueva reforma que lleven a cabo las Cortes Generales tras las elecciones generales del pasado 23 de julio, es la de posibilitar la reducción del fondo dotacional en determinados casos.
La demanda social y la importancia del Tercer Sector
Todas estas iniciativas supondrían un gran impulso para las organizaciones del Tercer Sector, que trabajan por colectivos, minorías, y distintas causas, todas de interés general. Y lo hacen desinteresadamente, de forma eficiente y ahorrando muchos costes a los ciudadanos.
Por lo tanto, el cuidado de estas entidades redunda en el refuerzo del Estado de Derecho. Y es que, en muchos casos, son la sociedad civil y la iniciativa privada las que mejor pueden responder a las necesidades que demandan actualmente muchos sectores de la sociedad.
El Área de Economía Social y Entidades sin ánimo de lucro del Bufete Más y Calvet cuenta con un equipo de abogados especializado en asesoramiento legal integral a fundaciones, asociaciones, ONGD’s y otras entidades pertenecientes al Tercer Sector, en materia jurídica, fiscal, gestión patrimonial y sistemas de información. Contacte con nosotros si necesita asesoramiento personalizado.