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La prevención de delitos en las empresas es algo que en demasiados casos se deja para otro momento. Y es que todavía son muchas las personas jurídicas evitan seguir el camino de la profesionalización y “se la juegan” al no implementar las medidas adecuadas para evitar que se comentan delitos en su seno. ¿Qué ocurre cuando se echa un vistazo a las cifras relacionados con la responsabilidad penal de las personas jurídicas y las sanciones? Que queda claro que se está poniendo en riesgo el futuro del negocio y, por tanto, de todas las personas vinculadas a él.
Fue en 2015 cuando se dio “luz verde” al nuevo régimen de responsabilidad penal de las empresas. Según un estudio elaborado por Wolters Kluwer y publicado por el periódico Cinco Días, desde ese año y hasta 2018 las sanciones a las empresas por los delitos cometidos alcanzaron la cifra de 2.400 millones de euros. De dicha cantidad, 775 millones de euros correspondían a sanciones impuestas a tres compañías por delitos relacionados con el tráfico de estupefacientes.
Estos son algunos de los principales datos que las empresas deberían tener en cuenta a la hora de decidir “ahorrar” en planes de prevención penal:
- SENTENCIAS CONDENATORIAS: en total, se han registrado 48 sentencias condenatorias.
- DELITOS CONTRA LA HACIENDA PÚBLICA: se han dictado 19 sentencias condenatorias por delitos fiscales, 13 de ellas durante el año pasado.
- SANCIONES POR DELITOS FISCALES. Las 19 sentencias terminaron en sanciones por un importe de 43,3 millones de euros.
- DELITO DE ESTAFA. Entre 2015 y 2018 se dictaron siete sentencias condenatorias por este tipo de delito.
- OTROS DELITOS SANCIONADOS. También se registran sentencias condenatorias por delitos de blanqueo, asociación ilícita, delitos medioambientales, infracciones urbanísticas, contrabando, insolvencias punibles y apropiación indebida.
¿Cuándo hay responsabilidad de las empresas?
No todos los delitos que cometan los empleados de una empresa supone directamente que esta tenga algún tipo de responsabilidad penal. Para que esto ocurra, es indispensable que la conducta esté tipificada como delito en el Código Penal, que recientemente ha sido reformado para ampliar las conductas que conllevan responsabilidad criminal para las personas jurídicas, con un claro endurecimiento de las sanciones.
De este modo, las empresas cuya actividad no esté respaldada por un plan de prevención penal lo tendrán más difícil para demostrar que han adoptado las medidas necesarias a fin de evitar la comisión de dichos delitos. Hay motivos de peso para adoptar planes de compliance penal adaptados a la realidad de cada compañía y del sector en el que desarrolla su actividad, una decisión estratégica de la que depende el futuro del negocio y que debe ser prioritario para las personas jurídicas.
Si necesita asesoramiento para diseñar e implantar un plan de prevención penal en su empresa u organización, nuestros profesionales pueden ayudarle. Póngase en contacto con nuestros especialistas en compliance penal y le asesoraremos con la máxima profesionalidad y calidad.

