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8 marzo, 2019
José María de Pablo Hermida, nuevo socio del Bufete Mas y Calvet
14 marzo, 2019Nuevos delitos que pueden cometer las empresas con la reforma del Código Penal

A partir de mañana, miércoles 13 de marzo, entrará en vigor la Ley Orgánica 1/2019 de 20 de febrero, por la que se modificará el Código Penal. Esta Ley Orgánica afectará de lleno a delitos comisibles por la persona jurídica y pone en valor la seguridad que supone contar con un plan de compliance penal adaptado a la realidad de cada empresa y de su sector. Esta novedad legal tiene dos efectos:
- Transpone cuatro Directivas pendientes con incidencia penal en distintas materias, como son el abuso de mercado, la lucha contra el terrorismo, la lucha contra el fraude que afecta a los intereses financieros de la Unión y la protección del euro y otras monedas frente a la falsificación.
- Completa la regulación de determinados delitos, adaptándolos a directrices de carácter internacional, como son el régimen de prevención y persecución del delito de tráfico de órganos humanos, y la regulación de los delitos de corrupción, reparando las grietas que la actual regulación presentaba.
NUEVOS DELITOS Y AMPLIACIÓN DE OTROS EXISTENTES
De manera muy sintética, Cristina Sterling Stubbe, abogada del Bufete Mas y Calvet y especialista en compliance penal, aclara que las modificaciones en el Código Penal afectarán a la tipificación y a la punición de los siguientes delitos que pueden cometer las empresas:
Tráfico de órganos humanos
- En respuesta al incremento del riesgo, la nueva redacción es mucho más extensa y detallada, precisando la delimitación y definición de las conductas típicas.
Manipulación de cotizaciones en los mercados
- Incorpora la utilización de internet y de tecnologías de la información y comunicación.
- Amplía el objeto de protección a los contratos de contado sobre materias primas relacionadas con instrumentos y a los índices de referencia.
- Incrementa las sanciones.
- Agrava las penas atendiendo a la autoría (empleado de una empresa de servicios de inversión, entidad de crédito, autoridad supervisora o reguladora, o entidades rectoras de mercados regulados o centros de negociación).
Abuso de información privilegiada
- Tipifica nuevas formas de comisión del hecho delictivo.
- Define quién se entiende que tiene acceso a información privilegiada
- También agrava las penas atendiendo a la autoría (empleado de una empresa de servicios de inversión, entidad de crédito, autoridad supervisora o reguladora, o entidades rectoras de mercados regulados o centros de negociación).
Corrupción (en su vertiente privada y pública)
En este caso, se han colmado vacíos que la legislación actual presentaba:
- Incorpora nuevas conductas en la definición de la tipicidad que conforma la corrupción en el ámbito privado: la corrupción en los negocios.
- Amplía el concepto de funcionario público que debe tenerse en cuenta en los delitos de cohecho (que afecta también a la malversación)
- Precisa la responsabilidad de funcionarios extranjeros en el tráfico de influencias.
El compliance penal es una herramienta estratégica para que las personas jurídicas desempeñen sus funciones con los mecanismos de control adecuados, que aporten seguridad y transparencia a su actividad en un contexto marcado por un endurecimiento legal.
Malversación
- Incluye el delito de malversación cometido por personas jurídicas que por cualquier motivo gestionen recursos públicos o de cualquier otro modo estén encargados del erario público.
Terrorismo
- Extiende la responsabilidad penal de las personas jurídicas a la comisión de cualquier tipo de delito de terrorismo, que hasta ahora solo se preveía para los delitos de financiación del terrorismo.
Falsificación de moneda
- Amplía las sanciones a las personas jurídicas cuando sean responsables penales de este tipo de hechos delictivos.
- Precisa los supuestos de protección penal de la moneda en las fases previas a su puesta oficial en circulación.
- Amplia la protección penal del euro y de cualquier moneda extranjera cuando la falsificación afecta a las fronteras de la Unión Europea.
Las novedades que trae esta reforma del Código Penal (ampliación del delito de malversación y otros, la ampliación de las conductas típicas, el endurecimiento de las sanciones, etc.) suponen un reto para las empresas y ponen en valor los planes de compliance penal, que controlan y limitan los riesgos legales. Los planes de prevención penal son una herramienta estratégica para que las personas jurídicas desempeñen sus funciones con los mecanismos de control adecuados, que aporten seguridad y transparencia a su actividad en un contexto marcado por un endurecimiento legal.
¿Tiene alguna duda sobre cómo implantar un plan de compliance penal? Contacte con nosotros.