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11 octubre, 2021¿Por qué la cláusula rebus sic stantibus ha sido tan importante para los contratos en la pandemia?

A consecuencia de la pandemia, numerosas empresas y negocios, especialmente aquellos cuya actividad se desarrolla en sectores como el turismo o la hostelería, se han visto sin los ingresos imprescindibles para hacer frente a determinados gastos fijos, como el alquiler de las oficinas y locales. El impacto del coronavirus ha provocado un enorme desequilibrio, teniendo que cerrar muchos de ellos sus puertas de un momento para otro. Para muchas empresas, las condiciones actuales distan mucho de las que había cuando firmaron el contrato de alquiler. En este contexto, explicamos por que la cláusula rebus sic stantibus ha sido tan importante en la pandemia. Si tienes alguna consulta legal relacionada con tus contratos, contacta con nuestros especialistas en Derecho Civil.
Pero antes, es necesario tener en cuenta que en el ordenamiento jurídico español hay una premisa esencial y es que los pactos se tienen que cumplir. Y así debe ocurrir con las obligaciones que se establecen en todo tipo de contratos, también en los contratos de alquiler.
Es lo que se conoce como el principio de pacta sunt servanda que establecen los artículos 1091 y 1254 del Código Civil y que ofrecen un plus de seguridad jurídica.
- Artículo 1091. Las obligaciones que nacen de los contratos tienen fuerza de ley entre las partes contratantes, y deben cumplirse a tenor de los mismos
- Artículo 1254. El contrato existe desde que una o varias personas consienten en obligarse, respecto de otra u otras, a dar alguna cosa o prestar algún servicio
En el momento de la firma, se establecen las cláusulas y las obligaciones y deberes de ambas partes, que deciden aceptarlas porque, en principio, las consideran equilibradas según el contexto en el que se encuentran.
Pero la pandemia mundial de coronavirus y los sucesivos confinamientos y restricciones han dado un vuelco al mundo tal como se conocía: las condiciones han variado de forma sensible, para unas empresas más que para otras.
No se trata, por tanto, de los riesgos que asumen los emprendedores frente a los vaivenes del mercado o frente a la oferta o la demanda, que pueden hacer que un negocio o un proyecto empresarial salga adelante o fracase. Este tipo de riesgos es algo inherente a todo tipo de negocios.
La cláusula rebus sic stantibus
Pero, ¿qué es la cláusula rebus sic stantibus? Tiene su origen en la doctrina que aplican los tribunales españoles para dar respuesta a la necesidad de replantear las condiciones de los contratos cuando el contexto actual difiere de forma grave del contexto en el que se firmó el contrato. Y esto derivaría en que una de las partes no podrá asumir las condiciones pactadas inicialmente.
La cláusula rebus sic stantibus atiende acontecimientos de tal magnitud e impacto que, casi con toda seguridad, de haberlas conocido, la parte afectada no habría firmado el contrato porque las obligaciones habrían sido inasumibles y desproporcionadas. Su objetivo, por tanto, es recomponer el equilibrio inicial y evitar que el peso de dicho desequilibrio recaiga únicamente en uno de los firmantes.
La crisis del coronavirus reúne esas características: su impacto ha sido de tal magnitud, que ha cambiado radicalmente el escenario económico. Muchas empresas, debido al parón de la actividad, se han visto sin los ingresos necesarios para pagar, por ejemplo, el alquiler de sus sedes de trabajo.
El desequilibrio de la pandemia
La Covid-19 ha dado un vuelco al escenario en el que se firmaron numerosos contratos, por lo que la legislación no considera de buena fe aplicar las normas de igual manera sin tener en consideración este cambio tan importante. En el Código Civil se pone el énfasis en cumplir con los contratos conforme a la buena fe:
- Artículo 7.1. Los derechos deberán ejercitarse conforme a las exigencias de la buena fe.
- Artículo 1258. Los contratos se perfeccionan por el mero consentimiento, y desde entonces obligan, no sólo al cumplimiento de lo expresamente pactado, sino también a todas las consecuencias que, según su naturaleza, sean conformes a la buena fe, al uso y a la ley.
La aplicación de la cláusula rebus sic stantibus no busca resolver el contrato, sino que permite a la parte afectada solicitar una adaptación del mismo a la nueva situación, permitiendo que siga vigente. Para ello, será necesario llegar a un acuerdo con la otra parte, pero si esto no es posible, se podrá acudir a los tribunales para que reconozcan la necesidad de revisar temporalmente las obligaciones contractuales. Una vez sorteadas estas dificultades tan inesperadas.
Requisitos de la cláusula rebus sic stantibus
La cláusula rebus sic stantibus solo se puede aplicar si se cumplen una serie de requisitos. Por ejemplo que las circunstancias hayan cambiado de forma extraordinaria e imprevisible, que haya un desequilibro de las prestaciones entre las partes causada por dichas circunstancias, que dicho desequilibrio afecte sensiblemente a una de las partes. Adicionalmente, no debe existir ningún otro mecanismo para resolver esta situación, por ejemplo, por falta de acuerdo entre las partes.
Será imprescindible que un abogado de confianza revise las condiciones de cada caso particular para determinar si se cumplen dichos requisitos. Y es que la clave está en demostrar con datos reales el impacto directo que ha tenido la crisis de la pandemia en la actividad de la empresa para que se aplique la cláusula rebus sic stantibus.
¿Cómo deben actuar los empresarios que se encuentren en una situación de estas características, por ejemplo, en el pago del alquiler? En ningún caso deben dejar de abonar el pago pactado, así que deben cumplir con su obligación mientras no se modifique el contrato como consecuencia de la aplicación de la cláusula rebus sic stantibus.
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