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Hay muchas parejas que se divorcian o se separan sin llegar a tener hijos. Y se podría pensar que en estos casos, alcanzar determinados acuerdos en el momento de la separación puede resultar mucho más fácil. Pero ¿qué ocurre cuando hay una mascota que ambos han criado y que cada una de las partes quiere llevarse a su nuevo hogar? Os contaremos la historia de un perro llamado “Cachas” cuyos dueños se separaron y litigaron para quedarse con él.
La sentencia sobre este asunto fue dictada recientemente por el Juzgado de Primera Instancia número 9 de Valladolid. Los protagonistas son los integrantes de una pareja que, tras su separación, decidieron acudir a los tribunales para ver quién se quedaba con el perro. El problema era la ausencia de una regulación específica, por lo que el juez decidió aplicar como criterios de resolución del conflicto los previstos para las crisis matrimoniales.
“El art. 3 del Código Civil establece que las normas se interpretarán con la realidad social del tiempo en que han de ser aplicadas, y como se ha expuesto, debe considerarse al perro “Cachas”, pese a la actual regulación del código civil cosa, como un animal de compañía, el cual constituye un ser dotado de especial sensibilidad”, señala la sentencia.
Pese a que el perro estaba inscrito solo a nombre del dueño en el registro administrativo, el juez ha declarado que el hombre y la mujer son copropietarios, por lo que les otorga a ambos un derecho de posesión y disfrute compartido de la mascota.
Como uno de los propietarios vive en Alicante y el otro en Valladolid, el juez ha determinado en este caso que el derecho de posesión y disfrute se realizará por periodos alternativos de seis meses cada año. Es decir, “Cachas” vivirá en Alicante desde el 1 de septiembre de 2019 hasta el 1 de marzo de 2020 y los siguientes seis meses los pasará en Valladolid.
Gastos de manutención de la mascota y ‘régimen de visitas’
Lo más importante para el juez es garantizar el bienestar de «Cachas». Por ello, el juez ha señalado la posibilidad de que el dueño al que no le corresponda tener al perro pueda trasladarse al menos un fin de semana al mes (desde el viernes por la tarde hasta el domingo tarde) a la otra ciudad para poder disfrutar de su mascota. Para ejercer este derecho de comunicación se deberá avisar al otro copropietario de forma fehaciente y con al menos una semana de antelación.
Los gastos de atención veterinaria, vacunas y otros extraordinarios deben estar debidamente documentados y serán sufragados al 50%, mientras que cada parte asumirá los gastos de comida y peluquería durante su periodo de posesión.
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