{"id":8649,"date":"2024-12-27T09:30:26","date_gmt":"2024-12-27T08:30:26","guid":{"rendered":"https:\/\/mascalvet.com\/?p=8649"},"modified":"2024-12-27T09:30:28","modified_gmt":"2024-12-27T08:30:28","slug":"responsabilidad-por-danos-en-el-ambito-espacial","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/mascalvet.com\/en\/responsabilidad-por-danos-en-el-ambito-espacial\/","title":{"rendered":"Responsabilidad por da\u00f1os en el \u00e1mbito espacial"},"content":{"rendered":"\n<div style=\"height:30px\" aria-hidden=\"true\" class=\"wp-block-spacer\"><\/div>\n\n\n\n<hr class=\"wp-block-separator has-alpha-channel-opacity\"\/>\n\n\n\n<p class=\"has-background\" style=\"background-color:#eeeeee\"><em>Os compartimos el art\u00edculo de\u00a0<strong><a href=\"https:\/\/mascalvet.com\/miembro\/carlos-albareda-ubeda\/\" target=\"_blank\" rel=\"noopener\" title=\"\">Carlos Albareda<\/a><\/strong>, abogado especialista en Derecho Espacial del\u00a0<strong><a href=\"https:\/\/mascalvet.com\/\" target=\"_blank\" rel=\"noopener\" title=\"\">Bufete Mas y Calvet<\/a><\/strong>, titulado\u00a0<em>\u00abResponsabilidad por da\u00f1os en el \u00e1mbito espacial\u00bb,\u00a0<\/em>publicado en el\u00a0<strong>B.O.J.A<\/strong>. (<a href=\"https:\/\/aedae-aeroespacial.org\/category\/boletines-del-observatorio-juridico-aeroespacial\/\" target=\"_blank\" rel=\"noopener\" title=\"\">Bolet\u00edn Observatorio Jur\u00eddico Aeroespacial<\/a>) de\u00a0<strong>AEDAE<\/strong>\u00a0( <a href=\"https:\/\/aedae-aeroespacial.org\/\" target=\"_blank\" rel=\"noopener\" title=\"\">Asociaci\u00f3n Espa\u00f1ola de Derecho Aeron\u00e1utico y Espacial<\/a>) en diciembre de 2024.<\/em><\/p>\n\n\n\n<hr class=\"wp-block-separator has-alpha-channel-opacity\"\/>\n\n\n\n<p><a href=\"https:\/\/mascalvet.com\/wp-content\/uploads\/2024\/12\/02.Boletin17OJADiciembre2024-Responsabilidad-por-danos-en-el-ambito-espacial-CAU.pdf\" target=\"_blank\" rel=\"noopener\" title=\"\">Para descargar el Art\u00edculo Original en PDF de clic aqu\u00ed<\/a><\/p>\n\n\n\n<div style=\"height:20px\" aria-hidden=\"true\" class=\"wp-block-spacer\"><\/div>\n\n\n\n<h2 class=\"wp-block-heading\">Introducci\u00f3n<\/h2>\n\n\n\n<p>El desarrollo de actividades espaciales plantea complejos desaf\u00edos legales, \u00e9ticos y t\u00e9cnicos relacionados con la<br>responsabilidad por da\u00f1os. <\/p>\n\n\n\n<p>En un contexto donde el n\u00famero de lanzamientos espaciales aumenta exponencialmente y los actores privados desempe\u00f1an un papel cada vez m\u00e1s relevante, se hace imperativo contar con un marco jur\u00eddico robusto y din\u00e1mico que aborde estas nuevas realidades. <\/p>\n\n\n\n<p>Este art\u00edculo analiza el r\u00e9gimen de responsabilidad por da\u00f1os ocasionados por objetos espaciales en el derecho internacional, prestando especial atenci\u00f3n a los tratados m\u00e1s  ignificativos, su aplicaci\u00f3n pr\u00e1ctica y los desaf\u00edos contempor\u00e1neos asociados a su implementaci\u00f3n.<br><\/p>\n\n\n\n<h3 class=\"wp-block-heading\">Abstract<br><\/h3>\n\n\n\n<p>The development of space activities poses complex legal, ethical and technical challenges related to liability for damages. In a context where the number of space launches increases exponentially and private actors play an increasingly important role, a robust and dynamic legal framework to address these new realities becomes imperative. This article analyses the liability regime for damage caused by space objects in international law, paying particular attention to the most significant treaties, their practical application and the contemporary challenges associated with their implementation.<\/p>\n\n\n\n<h3 class=\"wp-block-heading\">Marco jur\u00eddico internacional<\/h3>\n\n\n\n<p><br>El derecho espacial internacional ha establecido un conjunto de normas destinadas a regular la responsabilidad de los Estados por los da\u00f1os que puedan causar los objetos espaciales durante sus actividades en el espacio ultraterrestre. <\/p>\n\n\n\n<p>El desarrollo de este r\u00e9gimen jur\u00eddico se basa principalmente en dos instrumentos legales fundamentales: el Tratado del Espacio Exterior de 19671 y el Convenio sobre la Responsabilidad Internacional por Da\u00f1os Causados por Objetos Espaciales de 19722. <\/p>\n\n\n\n<p>Estos instrumentos han sido esenciales para consolidar un marco normativo que garantiza la seguridad jur\u00eddica y la protecci\u00f3n de los intereses de los Estados afectados.<\/p>\n\n\n\n<p><br>El Tratado del Espacio Exterior de 1967, adoptado por la Asamblea General de las Naciones Unidas mediante la Resoluci\u00f3n 2222 (XXI)3, se constituye como una de las principales normativas internacionales del derecho espacial internacional. Establece principios fundamentales para la regulaci\u00f3n de las actividades espaciales, incluidas aquellas relativas a la responsabilidad internacional por da\u00f1os. <\/p>\n\n\n\n<p>El art\u00edculo VII del Tratado establece que los Estados partes son responsables internacionalmente por los da\u00f1os que sus objetos espaciales causen, ya sea en la Tierra, en el espacio ultraterrestre o en otros cuerpos celestes. Esta disposici\u00f3n consolida el principio de responsabilidad objetiva, en virtud del cual los Estados deben responder por los da\u00f1os causados por sus actividades espaciales sin necesidad de demostrar culpa o negligencia.<\/p>\n\n\n\n<p><br>Adem\u00e1s, el Tratado impone a los Estados la obligaci\u00f3n de supervisar las actividades espaciales realizadas por sus entidades privadas, asegurando que estas operen conforme al derecho internacional. Este principio de supervisi\u00f3n estatal garantiza que los Estados no puedan evitar su responsabilidad internacional alegando que el da\u00f1o fue causado por una empresa privada bajo su jurisdicci\u00f3n. Asimismo, el art\u00edculo VI del Tratado refuerza esta obligaci\u00f3n<br>al establecer que los Estados ser\u00e1n responsables de las actividades realizadas tanto por organismos gubernamentales como por entidades no gubernamentales.<\/p>\n\n\n\n<p><br>Para desarrollar y complementar estas disposiciones, en 1972 se adopt\u00f3 el <strong>Convenio sobre la Responsabilidad Internacional por Da\u00f1os Causados por Objetos Espaciales. <\/strong><\/p>\n\n\n\n<p>Este Convenio establece un r\u00e9gimen detallado que define el alcance de la responsabilidad y los procedimientos de reclamaci\u00f3n en caso de da\u00f1os. Una de sus aportaciones m\u00e1s relevantes es la distinci\u00f3n entre dos tipos de responsabilidad: la responsabilidad absoluta y la responsabilidad por culpa.<\/p>\n\n\n\n<p><br>La responsabilidad absoluta es aplicable cuando el da\u00f1o ocurre en la superficie de la Tierra o a una aeronave en vuelo. Este r\u00e9gimen implica que el Estado de lanzamiento ser\u00e1 responsable autom\u00e1ticamente, sin importar si actu\u00f3 con negligencia o no. <\/p>\n\n\n\n<p>Esta norma responde a la necesidad de proteger a terceros que puedan verse afectados por objetos  spaciales fuera del \u00e1mbito espacial. Por otro lado, la responsabilidad por culpa se aplica cuando el da\u00f1o ocurre en el espacio ultraterrestre, como en el caso de colisiones entre sat\u00e9lites. <\/p>\n\n\n\n<p>En este supuesto, el Estado afectado debe  demostrar que el da\u00f1o fue causado por una conducta negligente o intencional del Estado responsable.<\/p>\n\n\n\n<p><br>El Convenio tambi\u00e9n define el concepto de &#8220;Estado de lanzamiento&#8221;, que incluye no solo al Estado que efectivamente lanza el objeto espacial, sino tambi\u00e9n al Estado que procura el lanzamiento o en cuyo territorio se lleva a cabo. De esta manera, se prev\u00e9 la posibilidad de responsabilidad compartida cuando varios Estados participan en un mismo proyecto espacial. En tales casos, los Estados involucrados son responsables de manera conjunta y solidaria, a menos que se establezca un acuerdo diferente entre ellos.<\/p>\n\n\n\n<p><br>El Convenio establece mecanismos de reclamaci\u00f3n mediante v\u00edas diplom\u00e1ticas. Los Estados afectados pueden<br>presentar reclamaciones directamente al Estado responsable, y en caso de no alcanzar un acuerdo, se prev\u00e9 la<br>creaci\u00f3n de una comisi\u00f3n de reclamaciones para resolver el conflicto mediante arbitraje vinculante. El caso del<br>sat\u00e9lite sovi\u00e9tico Cosmos 954, que cay\u00f3 en Canad\u00e1 en 1978 dispersando material radiactivo, es un ejemplo emblem\u00e1tico de la aplicaci\u00f3n de este r\u00e9gimen. Canad\u00e1 reclam\u00f3 una compensaci\u00f3n por los costos de limpieza y<br>remediaci\u00f3n ambiental, y aunque no se activ\u00f3 formalmente el procedimiento de arbitraje, se logr\u00f3 un acuerdo<br>amistoso que marc\u00f3 un precedente relevante en la pr\u00e1ctica del derecho espacial.<\/p>\n\n\n\n<p><br>El r\u00e9gimen jur\u00eddico internacional en materia de responsabilidad por da\u00f1os causados por objetos espaciales constituye un sistema s\u00f3lido y bien estructurado, basado en el principio de responsabilidad objetiva y complementado por normas espec\u00edficas sobre procedimientos de reclamaci\u00f3n y reparaci\u00f3n. Sin embargo, el creciente auge de las actividades espaciales comerciales, el lanzamiento masivo de sat\u00e9lites y los riesgos asociados a la exploraci\u00f3n interplanetaria exigen una revisi\u00f3n constante de este marco normativo para adaptarlo a los nuevos desaf\u00edos del siglo XXI.<br><\/p>\n\n\n\n<div class=\"wp-block-media-text alignwide has-media-on-the-right is-stacked-on-mobile\"><div class=\"wp-block-media-text__content\">\n<p><strong><a href=\"https:\/\/mascalvet.com\/miembro\/carlos-albareda-ubeda\/\" target=\"_blank\" rel=\"noopener\" title=\"\">Carlos Albareda<\/a><\/strong>&nbsp;es abogado del&nbsp;<strong>Bufete Mas y Calvet<\/strong>, donde integra las \u00e1reas de&nbsp;<strong>Tecnolog\u00eda y de Derecho Espacial<\/strong>&nbsp;del Bufete Mas y Calvet<\/p>\n\n\n\n<p>Colegiado en el Ilustre Colegio de Abogados de Madrid desde 2021, cuenta con formaci\u00f3n en&nbsp;<strong>Criminolog\u00eda y Ciencias Forenses<\/strong>&nbsp;y en&nbsp;<strong>Administraci\u00f3n y Finanzas<\/strong>.<\/p>\n\n\n\n<p>Ha participado en proyectos de consultor\u00eda tecnol\u00f3gica, protecci\u00f3n de datos y&nbsp;<strong>propiedad intelectual<\/strong>.<\/p>\n\n\n\n<p>Ha colaborado como mentor en programas espaciales europeos con orientaci\u00f3n legal a&nbsp;<strong>startups<\/strong>&nbsp;y empresas del sector tecnol\u00f3gico y espacial.<\/p>\n\n\n\n<p>Desde 2023 ha sido reconocido en&nbsp;<strong>The Best Lawyers in Spain\u00ae 2022 &#8220;Ones to watch&#8221;<\/strong>, en la categor\u00eda&nbsp;<strong>Technology<\/strong><strong>.<\/strong><\/p>\n\n\n\n<p><a href=\"https:\/\/www.linkedin.com\/in\/carlos-albareda-%C3%BAbeda-77527364\/\">Perfil en LinkedIn<\/a><\/p>\n<\/div><figure class=\"wp-block-media-text__media\"><img loading=\"lazy\" decoding=\"async\" width=\"529\" height=\"755\" src=\"https:\/\/mascalvet.com\/wp-content\/uploads\/2024\/07\/Carlos-Albareda-2024.png\" alt=\"\" class=\"wp-image-8211 size-full\" srcset=\"https:\/\/mascalvet.com\/wp-content\/uploads\/2024\/07\/Carlos-Albareda-2024.png 529w, https:\/\/mascalvet.com\/wp-content\/uploads\/2024\/07\/Carlos-Albareda-2024-210x300.png 210w, https:\/\/mascalvet.com\/wp-content\/uploads\/2024\/07\/Carlos-Albareda-2024-53x75.png 53w, https:\/\/mascalvet.com\/wp-content\/uploads\/2024\/07\/Carlos-Albareda-2024-480x685.png 480w\" sizes=\"auto, (max-width:767px) 480px, 529px\" \/><\/figure><\/div>\n\n\n\n<h3 class=\"wp-block-heading\"><strong>Clases de responsabilidades<\/strong><br><\/h3>\n\n\n\n<p>El Convenio sobre la Responsabilidad Internacional por Da\u00f1os Causados por Objetos Espaciales de 1972 constituye<br>un pilar esencial dentro del marco jur\u00eddico del derecho espacial internacional. <\/p>\n\n\n\n<p>Este Convenio, que complementa y desarrolla el Tratado del Espacio Exterior de 1967, detalla las normas aplicables a la responsabilidad de los Estados en caso de da\u00f1os ocasionados por objetos espaciales. Su promulgaci\u00f3n tuvo como objetivo principal proporcionar un mecanismo legal claro y efectivo para la resoluci\u00f3n de disputas internacionales derivadas de incidentes espaciales, estableciendo principios fundamentales que refuercen la cooperaci\u00f3n y promuevan la seguridad en las actividades espaciales.<\/p>\n\n\n\n<h4 class=\"wp-block-heading\"><br>Entre los avances m\u00e1s significativos de este convenio destaca la distinci\u00f3n entre dos tipos de responsabilidad:<br><\/h4>\n\n\n\n<p><strong>\u00a7 Responsabilidad Absoluta: <\/strong>Este r\u00e9gimen se aplica cuando el da\u00f1o ocurre en la superficie de la Tierra o a una aeronave en vuelo. En estos casos, el Estado de lanzamiento es responsable autom\u00e1ticamente, sin importar si<br>actu\u00f3 con negligencia o dolo. Este principio garantiza la protecci\u00f3n de terceros que puedan verse afectados por  actividades espaciales, especialmente debido a la dificultad de prever el impacto de objetos espaciales que<br>reentran a la atm\u00f3sfera de manera incontrolada.<br><\/p>\n\n\n\n<p><strong>\u00a7 Responsabilidad por Culpa:<\/strong> La responsabilidad por culpa se aplica cuando el da\u00f1o ocurre en el espacio ultraterrestre, por ejemplo, en colisiones entre sat\u00e9lites. En tales casos, el Estado afectado debe demostrar<br>que el da\u00f1o fue causado por una acci\u00f3n negligente, imprudente o intencional del Estado responsable. Esta distinci\u00f3n permite establecer un r\u00e9gimen equilibrado, considerando que en el espacio exterior los riesgos son compartidos y los Estados son responsables solo si se demuestra una conducta incorrecta.<\/p>\n\n\n\n<p><br>Adicionalmente, el Convenio introduce el concepto de Estado de lanzamiento, el cual comprende al Estado que realiza el lanzamiento, lo facilita o permite su realizaci\u00f3n desde su territorio. Esto asegura la posibilidad de atribuir responsabilidades compartidas en el marco de proyectos espaciales conjuntos, estableciendo un principio de responsabilidad solidaria, salvo que las partes involucradas acuerden lo contrario.<\/p>\n\n\n\n<p><br>Como se analizar\u00e1 m\u00e1s adelante, los procedimientos de reclamaci\u00f3n se iniciar\u00e1n a trav\u00e9s de canales diplom\u00e1ticos.<\/p>\n\n\n\n<p><br>En caso de no llegar a un acuerdo entre las partes, se puede recurrir a una Comisi\u00f3n de Reclamaciones, cuyo arbitraje tiene car\u00e1cter vinculante. Un caso emblem\u00e1tico que ejemplifica la aplicaci\u00f3n de este convenio es el del sat\u00e9lite sovi\u00e9tico Cosmos 954, el cual cay\u00f3 en Canad\u00e1 en 1978 dispersando material radiactivo. Este incidente estableci\u00f3 un importante precedente al resolverse mediante un acuerdo amistoso entre los Estados implicados, reafirmando la efectividad del convenio en la gesti\u00f3n de disputas espaciales.<br><\/p>\n\n\n\n<h3 class=\"wp-block-heading\"><strong>Sujetos Responsables<\/strong><br><\/h3>\n\n\n\n<p>El Convenio de 1972 define como &#8220;Estados de lanzamiento&#8221; a aquellos que: (i) lanzan un objeto espacial; (ii) procuran su lanzamiento; o (iii) permiten el uso de su territorio o instalaciones para el lanzamiento. La amplitud de esta definici\u00f3n busca integrar cualquier posible actor estatal implicado en el proceso de lanzamiento.<\/p>\n\n\n\n<p><br>La responsabilidad es solidaria cuando m\u00e1s de un Estado participa en el lanzamiento, salvo que exista un acuerdo espec\u00edfico entre ellos que determine c\u00f3mo se dividir\u00e1n las obligaciones legales. Adem\u00e1s, las empresas privadas que operan en el espacio est\u00e1n sujetas a la jurisdicci\u00f3n del Estado bajo cuya bandera operan, lo que significa que el Estado asume la responsabilidad internacional por sus actividades.<\/p>\n\n\n\n<p><br>En el \u00e1mbito comercial, el Convenio establece que las empresas privadas que operan en el espacio est\u00e1n sujetas a la jurisdicci\u00f3n del Estado en el que est\u00e1n registradas o que autoriza sus actividades. Esto implica que los Estados deben supervisar y regular las actividades espaciales de sus entidades privadas, garantizando que cumplan con las normas internacionales y asuman su parte de responsabilidad. <\/p>\n\n\n\n<p>Si una empresa privada causa un da\u00f1o en el espacio, su Estado de registro es responsable ante la comunidad internacional.<br><br>Este enfoque responde a la creciente participaci\u00f3n del sector privado en la exploraci\u00f3n y uso del espacio ultraterrestre, donde empresas como <strong>SpaceX, Blue Origin o Arianespace <\/strong>lanzan sat\u00e9lites comerciales, misiones tripuladas y otros proyectos espaciales. <\/p>\n\n\n\n<p>El marco legal busca prevenir vac\u00edos regulatorios y proteger a terceros de posibles da\u00f1os causados por actividades espaciales comerciales.<\/p>\n\n\n\n<h3 class=\"wp-block-heading\"><br><strong>Da\u00f1os y Procedimientos de Reclamaci\u00f3n<\/strong><\/h3>\n\n\n\n<p><br>El Convenio sobre la Responsabilidad Internacional por Da\u00f1os Causados por Objetos Espaciales define el &#8220;da\u00f1o&#8221; de manera amplia, incluyendo p\u00e9rdidas humanas, lesiones personales y da\u00f1os materiales a bienes p\u00fablicos y privados.<\/p>\n\n\n\n<p><br>Esta definici\u00f3n integral busca abarcar todas las posibles consecuencias negativas derivadas de actividades espaciales, asegurando la protecci\u00f3n de Estados y particulares afectados.<\/p>\n\n\n\n<p><br>Cuando ocurre un da\u00f1o, el procedimiento para reclamar una indemnizaci\u00f3n se realiza a trav\u00e9s de canales diplom\u00e1ticos. El Estado afectado debe notificar formalmente el incidente al Estado de lanzamiento responsable,<br>presentando pruebas documentales detalladas sobre el da\u00f1o, su magnitud y las circunstancias del suceso. <\/p>\n\n\n\n<p>Esta documentaci\u00f3n sirve como base para iniciar negociaciones entre ambos Estados.<\/p>\n\n\n\n<p>En caso de que estas negociaciones diplom\u00e1ticas no resulten en un acuerdo amistoso, el Convenio prev\u00e9 la creaci\u00f3n de una Comisi\u00f3n de Reclamaciones, un organismo internacional de arbitraje cuya decisi\u00f3n es vinculante para las artes implicadas. Este procedimiento garantiza una resoluci\u00f3n justa y eficaz, evitando largos y complejos litigios internacionales.<\/p>\n\n\n\n<p>El Convenio tambi\u00e9n establece un plazo m\u00e1ximo de un a\u00f1o para presentar una reclamaci\u00f3n, contado a partir del momento en que se identifica al Estado responsable y se cuantifica el da\u00f1o sufrido. Este l\u00edmite temporal tiene como objetivo acelerar el proceso de resoluci\u00f3n y asegurar que las v\u00edctimas reciban una compensaci\u00f3n justa dentro de un plazo razonable.<\/p>\n\n\n\n<p>Este enfoque garantiza que los Estados responsables cumplan con sus obligaciones legales, y que los da\u00f1os causados por actividades espaciales no queden sin respuesta. De esta manera, se fortalece el r\u00e9gimen de responsabilidad internacional en el \u00e1mbito espacial, promoviendo la cooperaci\u00f3n y la seguridad jur\u00eddica en la exploraci\u00f3n y utilizaci\u00f3n del espacio ultraterrestre.<\/p>\n\n\n\n<p><br>En cuanto a los conflictos entre empresas privadas de diferentes Estados, el marco del <strong>Convenio sobre la Responsabilidad Internacional por Da\u00f1os Causados por Objetos Espaciales<\/strong> no aborda directamente este tipo de situaciones, ya que est\u00e1 dise\u00f1ado principalmente para regular las reclamaciones entre Estados. <\/p>\n\n\n\n<p>En ausencia de un mecanismo internacional espec\u00edfico para disputas interempresariales, el recurso a los tribunales nacionales o a mecanismos alternativos de resoluci\u00f3n de conflictos (ADR, por sus siglas en ingl\u00e9s) se presenta como una alternativa viable en estos casos.<\/p>\n\n\n\n<p>Si una empresa considera que otra empresa extranjera ha causado un da\u00f1o relacionado con actividades espaciales, puede presentar una demanda en los tribunales nacionales del Estado donde se haya producido el da\u00f1o o en aquellos con jurisdicci\u00f3n sobre la empresa demandada. <\/p>\n\n\n\n<p>En situaciones donde el da\u00f1o ocurre en el espacio ultraterrestre, una regi\u00f3n no territorializada, la jurisdicci\u00f3n puede plantear mayores retos. En estos casos, el litigio puede llevarse a cabo en los tribunales del pa\u00eds donde est\u00e9 registrada la empresa demandada o el objeto espacial implicado.<\/p>\n\n\n\n<p>Sin embargo, la falta de conocimientos especializados e incluso de normativa espacial en algunos pa\u00edses en los tribunales ordinarios, ha llevado a muchas empresas a preferir mecanismos alternativos de resoluci\u00f3n de conflictos (ADR, por sus siglas en ingl\u00e9s Alternative Dispute Resolutions), como el arbitraje. <\/p>\n\n\n\n<p>Estos m\u00e9todos ofrecen una v\u00eda m\u00e1s r\u00e1pida y eficaz para resolver disputas, ya que permiten la selecci\u00f3n de \u00e1rbitros con experiencia y conocimiento t\u00e9cnico en el \u00e1mbito espacial, lo que facilita la comprensi\u00f3n de cuestiones complejas. No obstante, este enfoque puede representar un mayor coste para las empresas involucradas, especialmente en comparaci\u00f3n con los procedimientos judiciales tradicionales.<\/p>\n\n\n\n<p>Para que un caso prospere, ya sea ante tribunales nacionales o mediante arbitraje, la parte demandante deber\u00e1 demostrar el da\u00f1o sufrido, establecer una relaci\u00f3n causal con el objeto espacial en cuesti\u00f3n y, cuando sea necesario, probar la negligencia o dolo de la parte demandada. Esto puede incluir la presentaci\u00f3n de evidencia t\u00e9cnica y pericial que respalde la reclamaci\u00f3n. La resoluci\u00f3n del litigio depender\u00e1 de la legislaci\u00f3n nacional aplicable, as\u00ed como de los acuerdos o tratados internacionales vigentes entre los Estados involucrados que puedan influir en la interpretaci\u00f3n de las normativas y la ejecuci\u00f3n de las decisiones judiciales.<\/p>\n\n\n\n<p><br>Una de las mayores complejidades en este tipo de disputas radica en acreditar tanto el da\u00f1o como la causa directa<br>que lo provoc\u00f3. En este contexto, la telemetr\u00eda, el seguimiento preciso y el monitoreo continuo de los objetos<br>espaciales adquieren un papel esencial. <\/p>\n\n\n\n<p>Estas tecnolog\u00edas no solo permiten identificar con exactitud la trayectoria,<br>funcionamiento y posibles fallos de un objeto espacial, sino que tambi\u00e9n facilitan establecer una conexi\u00f3n clara<br>entre el da\u00f1o causado y el objeto responsable.<\/p>\n\n\n\n<p>Asimismo, contar con registros detallados y actualizados de las operaciones espaciales puede ser crucial, no solo para fundamentar una reclamaci\u00f3n, sino tambi\u00e9n para preparar una defensa eficaz en caso de recibir una demanda por responsabilidad derivada de da\u00f1os espaciales. De esta manera, la transparencia y la trazabilidad en las actividades espaciales no solo fortalecen la confianza entre los actores del sector, sino que tambi\u00e9n contribuyen a una mayor seguridad jur\u00eddica en el \u00e1mbito de los litigios interempresariales relacionados con el espacio ultraterrestre.<br><\/p>\n\n\n\n<h3 class=\"wp-block-heading\"><strong>Tr\u00e1mite de Baja de un Sat\u00e9lite en Espa\u00f1a<\/strong><br><\/h3>\n\n\n\n<p>En Espa\u00f1a, el tr\u00e1mite de baja de un sat\u00e9lite que ha dejado de estar operativo est\u00e1 regulado por el Real Decreto 278\/19955 sobre autorizaci\u00f3n y registro de actividades espaciales. Este procedimiento es fundamental para minimizar la responsabilidad legal del operador y asegurar el cumplimiento de las obligaciones internacionales en materia de gesti\u00f3n de objetos espaciales.<\/p>\n\n\n\n<p><br>Cuando un sat\u00e9lite deja de estar en servicio o realiza una reentrada controlada en la atm\u00f3sfera terrestre sin riesgo de causar da\u00f1os, el operador debe notificar esta situaci\u00f3n a la autoridad competente. Esta notificaci\u00f3n es un paso esencial para evitar responsabilidades futuras derivadas de posibles incidentes relacionados con residuos<br>espaciales.<br><\/p>\n\n\n\n<p>La notificaci\u00f3n debe incluir datos t\u00e9cnicos detallados como:<\/p>\n\n\n\n<ul class=\"wp-block-list\">\n<li>La identificaci\u00f3n completa del sat\u00e9lite.<\/li>\n\n\n\n<li>La fecha y hora exactas de su reentrada atmosf\u00e9rica o de la finalizaci\u00f3n de sus operaciones.<\/li>\n\n\n\n<li>Las coordenadas previstas para su reentrada, en caso de ser controlada.<\/li>\n\n\n\n<li>La confirmaci\u00f3n de que el sat\u00e9lite no representa un peligro para la seguridad p\u00fablica ni para otras<br>operaciones espaciales.<\/li>\n<\/ul>\n\n\n\n<p>Esta informaci\u00f3n se registra en el Registro Nacional de Objetos Espaciales de Espa\u00f1a y se transfiere a la Oficina de Asuntos del Espacio Exterior de las Naciones Unidas (UNOOSA) para actualizar el Registro Internacional de Objetos<br>Espaciales. Este procedimiento garantiza la transparencia y facilita la cooperaci\u00f3n internacional en materia de gesti\u00f3n de riesgos espaciales.<\/p>\n\n\n\n<h3 class=\"wp-block-heading\"><strong>Reducci\u00f3n del Riesgo de Responsabilidad por Da\u00f1os<\/strong><br><\/h3>\n\n\n\n<p>En el marco de la reducci\u00f3n del riesgo de responsabilidad por da\u00f1os, resulta fundamental distinguir entre el operador del sat\u00e9lite y su propietario. Seg\u00fan el derecho internacional, la propiedad de un sat\u00e9lite no se pierde nunca, salvo que exista una transferencia expl\u00edcita de propiedad. Esto significa que el propietario del sat\u00e9lite sigue siendo responsable de los da\u00f1os que este pueda causar, incluso si el sat\u00e9lite no est\u00e1 funcional o ha dejado de ser operado. Asimismo, el Estado de lanzamiento tambi\u00e9n comparte la responsabilidad, conforme al Convenio sobre la Responsabilidad Internacional por Da\u00f1os Causados por Objetos Espaciales.<\/p>\n\n\n\n<p><br>Esta situaci\u00f3n puede generar tensiones legales, especialmente en casos donde ha habido una transferencia de propiedad del sat\u00e9lite. Si un sat\u00e9lite transferido causa da\u00f1os, el Estado de lanzamiento puede considerarse responsable, lo cual puede resultar injusto para este \u00faltimo, dado que ya no ejerce control ni supervisi\u00f3n sobre el<br>objeto en cuesti\u00f3n. Aqu\u00ed radica la importancia del Registro de Objetos Espaciales administrado por la Oficina de Asuntos del Espacio Exterior de las Naciones Unidas (UNOOSA).<\/p>\n\n\n\n<p><br>El registro proporciona un mecanismo claro para identificar al propietario y al operador responsables, permitiendo que los Estados y las partes interesadas aclaren y delimiten las responsabilidades legales en caso de da\u00f1os. Adem\u00e1s, asegura una trazabilidad de las transferencias de propiedad y ayuda a prevenir vac\u00edos regulatorios que puedan complicar la asignaci\u00f3n de responsabilidades.<br><br>La correcta actualizaci\u00f3n del registro en caso de transferencias de propiedad, as\u00ed como el cumplimiento riguroso de las normativas internacionales relacionadas con la supervisi\u00f3n y operaci\u00f3n de sat\u00e9lites, son herramientas esenciales para reducir el riesgo de responsabilidad por da\u00f1os.<\/p>\n\n\n\n<p><br>Otro supuesto para reducir la responsabilidad por Da\u00f1os es causar la baja formal de un sat\u00e9lite inoperativo. Es una medida eficaz para reducir el riesgo de responsabilidad por da\u00f1os del operador espacial6. El incumplimiento de esta<br>obligaci\u00f3n puede generar responsabilidades legales significativas.<\/p>\n\n\n\n<p><br>Mientras un sat\u00e9lite permanezca registrado y operativo, su operador es considerado responsable de cualquier da\u00f1o que pueda causar, seg\u00fan el r\u00e9gimen de responsabilidad establecido en el Convenio sobre la Responsabilidad<br>Internacional por Da\u00f1os Causados por Objetos Espaciales de 1972. Esto incluye posibles impactos durante su reentrada descontrolada, colisiones en \u00f3rbita o generaci\u00f3n de residuos espaciales.<\/p>\n\n\n\n<p><br>Sin embargo, una vez que el operador completa el tr\u00e1mite de baja y el sat\u00e9lite se elimina del registro, cesa su responsabilidad activa, siempre que se haya seguido correctamente el procedimiento establecido. Este proceso reduce el riesgo de litigios internacionales y sanciones derivadas de incumplimientos normativos, protegiendo tanto<br>a los operadores como a los Estados responsables del lanzamiento.<\/p>\n\n\n\n<p><br>La gesti\u00f3n adecuada del fin de la vida \u00fatil de un sat\u00e9lite tambi\u00e9n contribuye a la sostenibilidad del espacio ultraterrestre. Evitar la acumulaci\u00f3n de residuos espaciales es un aspecto central de la pol\u00edtica internacional para<br>garantizar el uso seguro y sostenible del espacio exterior. El tr\u00e1mite de baja, por lo tanto, no solo es un requisito legal, sino tambi\u00e9n una pr\u00e1ctica de gesti\u00f3n responsable que mitiga riesgos financieros, legales y medioambientales para los operadores espaciales.<\/p>\n\n\n\n<p><br>De cara a los operadores espaciales deben ser conscientes de que las acciones u omisiones que realicen o dejen de hacer tendr\u00e1n una responsabilidad frente a terceros. Como es bien sabido en el sector espacial, el estado de lanzamiento del objeto espacial asumir\u00e1 la responsabilidad de los da\u00f1os o perjuicios causados. <\/p>\n\n\n\n<p>Para identificar quien es el Estado responsable de los da\u00f1os debemos acudir al Instrumento de adhesi\u00f3n al Convenio sobre el registro de objetos lanzados al espacio ultraterrestre, adoptado por la Asamblea General de las Naciones Unidas el 12 de noviembre de 1974.<br><\/p>\n\n\n\n<p>En el citado convenio se establece que el Estado de lanzamiento ser\u00e1 considerado aquel que: <\/p>\n\n\n\n<ol class=\"wp-block-list\">\n<li>que promueva o lance el lanzamiento de un objeto espacial; <\/li>\n\n\n\n<li>el estado desde el cual se produzca el lanzamiento del objeto espacial. En cuanto al t\u00e9rmino \u201cObjeto Espacial\u201d se entienden que son aquellas partes o componente de un objeto espacial, as\u00ed como el veh\u00edculo propulsor y sus partes.<br><\/li>\n<\/ol>\n\n\n\n<p>Los operadores espaciales espa\u00f1oles est\u00e1n obligados a registrar el objeto espacial por medio de su inscripci\u00f3n en un registro cuando quieran lanzar un objeto espacial y ponerlo en \u00f3rbita. En el caso del Registro de Espa\u00f1a, este comenz\u00f3 a estar operativo el registro de objeto espaciales con publicaci\u00f3n del Real Decreto 278\/1995, de 24 de febrero, por el que se crea en Espa\u00f1a el Registro previsto en el Convenio de 12 de noviembre de 1974 de la Asamblea General de las Naciones Unidas.<\/p>\n\n\n\n<p><br>Con la creaci\u00f3n de este registro de objetos espaciales y con la asunci\u00f3n de responsabilidad por parte del Estado de<br>lanzamiento del objeto espacial se concluye que existe un r\u00e9gimen de responsabilidad objetiva para la empresa<br>espacial. Dicha responsabilidad existir\u00e1 cuando: <\/p>\n\n\n\n<p>1) los da\u00f1os se produzcan en la superficie terrestre y, <\/p>\n\n\n\n<p>2) cuando los da\u00f1os son causados a una aeronave en vuelo. Bajo este r\u00e9gimen, no es necesario que el demandante demuestre que el da\u00f1o causado por la conducta del demandado fue resultado de una acci\u00f3n u omisi\u00f3n dolosa o negligente por parte de este. El principio de responsabilidad absoluta se aplica con el prop\u00f3sito de brindar una mayor protecci\u00f3n a las v\u00edctimas de los da\u00f1os ocasionados por objetos espaciales, especialmente a los pa\u00edses en v\u00eda de desarrollo.<\/p>\n\n\n\n<p><br>Estos pa\u00edses suelen tener un papel pasivo en la mayor\u00eda de las actividades espaciales y, sin una protecci\u00f3n legal<br>adecuada, se encontrar\u00edan en una posici\u00f3n desfavorable para hacer frente a los da\u00f1os y costes derivados de un<br>accidente espacial.<\/p>\n\n\n\n<p><br>En este punto cabe hacer una peque\u00f1a menci\u00f3n a la propuesta de modificaci\u00f3n del Real Decreto 278\/19958<br>establece la normativa para el Registro Nacional de Objetos Espaciales en Espa\u00f1a, cumpliendo con las obligaciones<br>derivadas del Convenio sobre el Registro de Objetos Espaciales de 1974. Sin embargo, en un contexto de<br>crecimiento exponencial de las actividades espaciales y el aumento de operadores privados, ha surgido la necesidad<br>de actualizar y modernizar este marco normativo.<\/p>\n\n\n\n<p><br>Recientemente, se han planteado propuestas para modificar este Real Decreto con el objetivo de adaptar el registro<br>a las nuevas exigencias internacionales y mejorar la trazabilidad de los objetos espaciales. Entre las propuestas<br>destacadas se encuentra la ampliaci\u00f3n de los requisitos de informaci\u00f3n que los operadores deben proporcionar al<br>registro, incluyendo:<\/p>\n\n\n\n<ol class=\"wp-block-list\">\n<li>Datos t\u00e9cnicos m\u00e1s detallados de los objetos espaciales, como su capacidad operativa, trayectorias previstas<br>y el plan de gesti\u00f3n de su vida \u00fatil.<\/li>\n\n\n\n<li>Informaci\u00f3n sobre posibles transferencias de propiedad o cambios de operador, lo que permitir\u00eda una<br>actualizaci\u00f3n m\u00e1s precisa del titular de responsabilidad en caso de da\u00f1os.<\/li>\n\n\n\n<li>Datos sobre el destino final de los objetos espaciales al t\u00e9rmino de su vida \u00fatil, especificando si ser\u00e1n<br>desorbitados, llevados a \u00f3rbitas cementerio o sometidos a procedimientos de mitigaci\u00f3n de residuos espaciales.<br><\/li>\n<\/ol>\n\n\n\n<p>Adem\u00e1s, la propuesta contempla establecer un procedimiento m\u00e1s eficiente para notificar cambios en el estado<br>operativo de los sat\u00e9lites, permitiendo que el registro sea una herramienta m\u00e1s din\u00e1mica y actualizada. Tambi\u00e9n se ha sugerido la integraci\u00f3n del registro espa\u00f1ol con bases de datos internacionales, como las gestionadas por la Oficina de Asuntos del Espacio Ultraterrestre de las Naciones Unidas (UNOOSA), para mejorar la cooperaci\u00f3n global en la gesti\u00f3n de objetos espaciales.<\/p>\n\n\n\n<p><br>Otras de las propuestas relevantes es el refuerzo de las sanciones aplicables en caso de incumplimiento de las<br>obligaciones de registro, buscando garantizar el cumplimiento por parte de los operadores y reducir los riesgos<br>legales asociados a omisiones o errores en los datos registrados.<br><\/p>\n\n\n\n<p>Estas modificaciones buscan no solo aumentar la seguridad jur\u00eddica, sino tambi\u00e9n fortalecer la posici\u00f3n de Espa\u00f1a<br>como un actor comprometido con la sostenibilidad y responsabilidad en las actividades espaciales. Estas<br>actualizaciones garantizar\u00edan que el registro nacional est\u00e9 alineado con las mejores pr\u00e1cticas internacionales y<br>pueda responder eficazmente a los desaf\u00edos derivados del auge del sector espacial.<br><\/p>\n\n\n\n<h2 class=\"wp-block-heading\"><strong>Conclusi\u00f3n<\/strong><br><\/h2>\n\n\n\n<p>El r\u00e9gimen jur\u00eddico internacional sobre responsabilidad por da\u00f1os en el espacio ultraterrestre presenta importantes<br>implicaciones para las empresas que participan en actividades espaciales. Aunque el sistema se fundamenta en<br>tratados s\u00f3lidos y ampliamente reconocidos, la creciente presencia de actores privados en el sector espacial<br>subraya la necesidad de que las empresas comprendan y cumplan con las normas internacionales y nacionales<br>aplicables.<\/p>\n\n\n\n<p><br>Para las empresas del sector espacial, resulta esencial adoptar un enfoque proactivo en la gesti\u00f3n de riesgos,<br>implementando medidas que minimicen la probabilidad de incidentes y estableciendo protocolos claros para<br>responder a posibles reclamaciones. La sostenibilidad operativa, el cumplimiento normativo y la inversi\u00f3n en<br>tecnolog\u00edas seguras no solo mitigan riesgos legales y financieros, sino que tambi\u00e9n fortalecen la reputaci\u00f3n<br>corporativa en un sector cada vez m\u00e1s competitivo.<\/p>\n\n\n\n<p><br>En este contexto, las empresas del sector espacial tienen la oportunidad y la responsabilidad de liderar con pr\u00e1cticas<br>innovadoras que promuevan la sostenibilidad y la seguridad en el espacio. Solo a trav\u00e9s de una gesti\u00f3n responsable<br>y una cooperaci\u00f3n efectiva ser\u00e1 posible garantizar un entorno espacial equilibrado que permita el desarrollo<br>econ\u00f3mico y tecnol\u00f3gico, beneficiando no solo a los Estados y las empresas involucradas, sino tambi\u00e9n a la<br>humanidad en su conjunto.<\/p>\n\n\n\n<div style=\"height:20px\" aria-hidden=\"true\" class=\"wp-block-spacer\"><\/div>\n\n\n\n<hr class=\"wp-block-separator has-alpha-channel-opacity\"\/>\n\n\n\n<ul class=\"wp-block-list\">\n<li><strong><a href=\"https:\/\/mascalvet.com\/lanzamiento-de-un-objeto-espacial-requisitos-legales-generales\/\">Lanzamiento de un objeto espacial: requisitos legales generales<\/a><\/strong><\/li>\n\n\n\n<li><strong><a href=\"https:\/\/mascalvet.com\/exploracion-de-marte-legal\/\">Algunas consideraciones legales sobre la exploraci\u00f3n de Marte<\/a><\/strong><\/li>\n\n\n\n<li><strong><a href=\"https:\/\/mascalvet.com\/datos-geoespaciales-en-la-vida-cotidiana\/\">\u00bfDatos geoespaciales en la vida cotidiana? 20 ejemplos de uso habitual<\/a><\/strong><\/li>\n\n\n\n<li><strong><a href=\"https:\/\/mascalvet.com\/datos-geoespaciales-de-copernicus-volcan-de-la-palma\/\">Datos geoespaciales de Copernicus y seguimiento del volc\u00e1n de La Palma<\/a><\/strong><\/li>\n\n\n\n<li><strong><a href=\"https:\/\/mascalvet.com\/cumplimiento-legal-en-la-industria-espacial-ocho-areas-estrategicas\/\">Cumplimiento legal en la industria espacial: ocho \u00e1reas estrat\u00e9gicas<\/a><\/strong><\/li>\n\n\n\n<li><strong><a href=\"https:\/\/mascalvet.com\/reglamento-europeo-de-drones\/\">El nuevo reglamento europeo de drones en 15 preguntas<\/a><\/strong><\/li>\n<\/ul>\n\n\n\n<hr class=\"wp-block-separator has-alpha-channel-opacity\"\/>\n\n\n\n<div style=\"height:20px\" aria-hidden=\"true\" class=\"wp-block-spacer\"><\/div>\n\n\n\n<p>1 Tratado sobre los principios que deben regir las actividades de los Estados en la exploraci\u00f3n y utilizaci\u00f3n del espacio<br>ultraterrestre, incluso la Luna y otros cuerpos celestes. https:\/\/www.boe.es\/buscar\/act.php?id=BOE-A-1969-151<\/p>\n\n\n\n<p>2 Instrumento de ratificaci\u00f3n del Convenio sobre la responsabilidad internacional por da\u00f1os causados por objetos<br>espaciales, hecho en Londres, Mosc\u00fa y Washington, el 29 de marzo de 1972. ttps:\/\/www.boe.es\/buscar\/act.php?id=BOEA-1980-9057<\/p>\n\n\n\n<p>3 Tratado del Espacio Exterior de 1967, adoptado por la Asamblea General de las Naciones Unidas mediante la Resoluci\u00f3n<br>2222 (XXI) https:\/\/documents.un.org\/doc\/resolution\/gen\/nr0\/007\/57\/pdf\/nr000757.pdf<\/p>\n\n\n\n<p>4 Settlement of Claim between Canada and the Union of Soviet Socialist Republics for Damage Caused by &#8220;Cosmos 954&#8243;(Released on April 2, 1981). Japan Aerospace Exploration Agency \u2013 JAXA.<br>https:\/\/www.jaxa.jp\/library\/space_law\/chapter_3\/3-2-2-1_e.html<\/p>\n\n\n\n<p>5 Real Decreto 278\/1995, de 24 de febrero, por el que se crea en Espa\u00f1a el Registro previsto en el Convenio de 12 de<br>noviembre de 1974 de la Asamblea General de las Naciones Unidas. https:\/\/www.boe.es\/buscar\/act.php?id=BOE-A-1995-6058<\/p>\n\n\n\n<p>6 La responsabilidad en los operadores espaciales de los residuos espaciales. Bufete Mas y Calvet \u2013 Carlos Albareda<br>\u00dabeda. https:\/\/mascalvet.com\/la-responsabilidad-en-los-operadores-espaciales-de-los-residuos-espaciales\/<\/p>\n\n\n\n<p>7 Responsabilidad Internacional por da\u00f1os causados por Objetos Espaciales. Valentina Morales Guti\u00e9rrez y Ana Mar\u00eda<br>Manrique Villamizar.<br>https:\/\/derecho.usc.edu.co\/files\/Derecho_espacial_ultraterrestre\/Tesis\/t_responsabilidad_morales_manrique.pdf<\/p>\n\n\n\n<p>8 Proyecto de Real Decreto por el que se modifica el Real Decreto 278\/1995, de 24 de febrero, por el que se crea en<br>Espa\u00f1a el registro previsto en el convenio de 12 de noviembre de 1974 de la Asamblea General de las Naciones Unidas,<br>file:\/\/\/C:\/Users\/carlos.albareda\/Downloads\/Proyecto%20de%20Real%20Decreto%20(1).pdf<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>Os compartimos el art\u00edculo de\u00a0Carlos Albareda, abogado especialista en Derecho Espacial del\u00a0Bufete Mas y Calvet, titulado\u00a0\u00abResponsabilidad por da\u00f1os en el \u00e1mbito espacial\u00bb,\u00a0publicado en el\u00a0B.O.J.A. (Bolet\u00edn Observatorio Jur\u00eddico Aeroespacial) de\u00a0AEDAE\u00a0( Asociaci\u00f3n Espa\u00f1ola de Derecho Aeron\u00e1utico y Espacial) en diciembre de 2024.<\/p>\n","protected":false},"author":6,"featured_media":8653,"comment_status":"closed","ping_status":"open","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":{"footnotes":""},"categories":[742],"tags":[],"class_list":["post-8649","post","type-post","status-publish","format-standard","has-post-thumbnail","hentry","category-derecho-espacial"],"aioseo_notices":[],"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/mascalvet.com\/en\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/8649","targetHints":{"allow":["GET"]}}],"collection":[{"href":"https:\/\/mascalvet.com\/en\/wp-json\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"https:\/\/mascalvet.com\/en\/wp-json\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/mascalvet.com\/en\/wp-json\/wp\/v2\/users\/6"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/mascalvet.com\/en\/wp-json\/wp\/v2\/comments?post=8649"}],"version-history":[{"count":5,"href":"https:\/\/mascalvet.com\/en\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/8649\/revisions"}],"predecessor-version":[{"id":8658,"href":"https:\/\/mascalvet.com\/en\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/8649\/revisions\/8658"}],"wp:featuredmedia":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/mascalvet.com\/en\/wp-json\/wp\/v2\/media\/8653"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/mascalvet.com\/en\/wp-json\/wp\/v2\/media?parent=8649"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/mascalvet.com\/en\/wp-json\/wp\/v2\/categories?post=8649"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"https:\/\/mascalvet.com\/en\/wp-json\/wp\/v2\/tags?post=8649"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}