{"id":7669,"date":"2024-04-03T10:36:54","date_gmt":"2024-04-03T08:36:54","guid":{"rendered":"https:\/\/mascalvet.com\/?p=7669"},"modified":"2024-04-04T08:42:34","modified_gmt":"2024-04-04T06:42:34","slug":"exportacion-e-importacion-de-objetos-espaciales-doble-uso","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/mascalvet.com\/en\/exportacion-e-importacion-de-objetos-espaciales-doble-uso\/","title":{"rendered":"Exportaci\u00f3n e Importaci\u00f3n de objetos espaciales: Doble Uso."},"content":{"rendered":"\n<div style=\"height:40px\" aria-hidden=\"true\" class=\"wp-block-spacer\"><\/div>\n\n\n\n<hr class=\"wp-block-separator has-alpha-channel-opacity\"\/>\n\n\n\n<p class=\"has-background\" style=\"background-color:#eeeeee\">En la actualidad, la industria espacial espa\u00f1ola se encuentra en constante crecimiento y desarrollo. Sin embargo, uno de los desaf\u00edos m\u00e1s importantes que enfrentan las empresas del sector es la importaci\u00f3n y exportaci\u00f3n de mercader\u00edas, especialmente aquellas relacionadas con el lanzamiento de sat\u00e9lites. Este proceso implica una serie de regulaciones y consideraciones espec\u00edficas, especialmente en lo que respecta al concepto de Doble Uso.<\/p>\n\n\n\n<hr class=\"wp-block-separator has-alpha-channel-opacity\"\/>\n\n\n\n<div style=\"height:20px\" aria-hidden=\"true\" class=\"wp-block-spacer\"><\/div>\n\n\n\n<p>El art\u00edculo, que se public\u00f3 en el Bolet\u00edn del <a href=\"https:\/\/aedae-aeroespacial.org\/observatorio-juridico-aeroespacial\/\" target=\"_blank\" rel=\"noopener\" title=\"Observatorio Jur\u00eddico Aeroespacial (BOJA)\">Observatorio Jur\u00eddico Aeroespacial (BOJA)<\/a> que publica <a href=\"https:\/\/aedae-aeroespacial.org\/\" target=\"_blank\" rel=\"noopener\" title=\"\">AEDAE<\/a>, est\u00e1 accesible de forma \u00edntegra en el bolet\u00edn de marzo en este enlace <a href=\"https:\/\/www.hispaviacion.es\/wp-content\/uploads\/2024\/03\/Boleti%CC%81n14OJAMarzo2024.pdf\">https:\/\/www.hispaviacion.es<\/a><\/p>\n\n\n\n<p>La mayor\u00eda de los lanzamientos de sat\u00e9lites fabricados por empresas espa\u00f1olas requieren los servicios de entidades terceras ubicadas fuera del territorio nacional. Esta colaboraci\u00f3n implica la elaboraci\u00f3n de contratos que deben ajustarse a las necesidades de ambas partes. Adem\u00e1s de estos contratos, el transporte en el sector espacial est\u00e1 sujeto a normativas estrictas y de cumplimiento obligatorio.<\/p>\n\n\n\n<p>El concepto de Doble Uso, tambi\u00e9n conocido como<em> Export Control<\/em>, se refiere a la regulaci\u00f3n de productos, incluido el software y la tecnolog\u00eda, que pueden destinarse tanto a usos civiles como militares o nucleares. La exportaci\u00f3n o importaci\u00f3n de estos productos requiere un estudio t\u00e9cnico y jur\u00eddico por parte del operador espacial.<\/p>\n\n\n\n<p>Es importante destacar que esta regulaci\u00f3n se aplica rigurosamente dentro del entorno europeo. Sin embargo, los operadores deben tener en cuenta estas regulaciones al importar productos o materiales fuera del territorio europeo. En general, para regularizar las exportaciones e importaciones sujetas a control, es imprescindible estar inscrito en el Registro Especial de Operadores de Comercio Exterior.<\/p>\n\n\n\n<p>Este registro habilita al operador a iniciar los tr\u00e1mites para obtener la autorizaci\u00f3n necesaria. El cumplimiento de estas regulaciones es obligatorio para todos los pa\u00edses de la Uni\u00f3n Europea y est\u00e1 regido por el Reglamento (CE) 428\/2009 del Consejo, as\u00ed como por la normativa nacional de cada estado miembro[1].<\/p>\n\n\n\n<p>Al realizar cualquier importaci\u00f3n o exportaci\u00f3n, se recomienda consultar a expertos para determinar si la tecnolog\u00eda est\u00e1 sujeta a doble uso, ya que no todos los materiales est\u00e1n sujetos a esta regulaci\u00f3n. Tambi\u00e9n es importante identificar si existe alg\u00fan embargo espec\u00edfico que pueda dificultar la obtenci\u00f3n de la autorizaci\u00f3n.<\/p>\n\n\n\n<p>Adem\u00e1s, es crucial estudiar qu\u00e9 licencias son las m\u00e1s adecuadas para solicitar, dependiendo del n\u00famero de env\u00edos y el tipo de material objeto de la transferencia. En el caso de importaciones de fuera de la Uni\u00f3n Europea, se debe tener en cuenta la extraterritorialidad de la operaci\u00f3n, especialmente cuando el material est\u00e1 sujeto a control por un tercer pa\u00eds, como Estados Unidos a trav\u00e9s del ITAR[2].<\/p>\n\n\n\n<p><strong>\u00bfCu\u00e1l es el procedimiento para determinar si un producto o tecnolog\u00eda est\u00e1 sujeto a control en la exportaci\u00f3n?<\/strong><strong><\/strong><\/p>\n\n\n\n<p>Para determinar si un producto o tecnolog\u00eda est\u00e1 sujeto a control y requiere licencia o autorizaci\u00f3n para su exportaci\u00f3n, es necesario consultar el Anexo I de dicho reglamento, donde se identifican o agrupan en 10 categor\u00edas los productos y tecnolog\u00edas sujetos a control. Este proceso de consulta es esencial para garantizar el cumplimiento de las regulaciones pertinentes y evitar posibles infracciones durante el proceso de exportaci\u00f3n. Para determinar si un producto o tecnolog\u00eda est\u00e1 sujeto a control en su exportaci\u00f3n, se utiliza la lista establecida en el Anexo I del Reglamento (CE) n\u00ba 428\/2009 del Consejo, el cual establece un marco normativo para el control de exportaciones, transferencias, corretaje y tr\u00e1nsito de productos de doble uso a nivel comunitario. Esta lista se elabora a partir de la armonizaci\u00f3n y sistematizaci\u00f3n de identificaciones de productos y tecnolog\u00edas controladas, tomando como referencia listas internacionales de diversos reg\u00edmenes y foros de control, como el <em><a href=\"https:\/\/www.wassenaar.org\/es\/the-wassenaar-arrangement\/\" target=\"_blank\" rel=\"noopener\" title=\"\">Arreglo de Wassenaar<\/a><\/em>.<\/p>\n\n\n\n<p>La normativa comunitaria fundamental que contiene esta lista y las disposiciones relacionadas se encuentra en el Reglamento (CE) n\u00ba 428\/2009 del Consejo, modificado por el Reglamento (UE) N\u00ba 1232\/2011 del Parlamento Europeo y del Consejo, as\u00ed como por el Reglamento Delegado (UE) 2019\/2199 de la Comisi\u00f3n.<\/p>\n\n\n\n<p>Consultar el Anexo I de este reglamento es esencial para determinar si un producto o tecnolog\u00eda est\u00e1 sujeto a control y requiere licencia o autorizaci\u00f3n para su exportaci\u00f3n. En este anexo se identifican o agrupan en diez categor\u00edas los productos y tecnolog\u00edas sujetos a control. Este proceso de consulta es crucial para asegurar el cumplimiento de las regulaciones pertinentes y evitar posibles infracciones durante el proceso de exportaci\u00f3n.<\/p>\n\n\n\n<p>Cabe resaltar el Arreglo de Wassenaar, cuyo principal objetivo es promover la transparencia y la responsabilidad en el comercio internacional de armas convencionales y tecnolog\u00edas de doble uso. Este acuerdo busca prevenir la proliferaci\u00f3n de armas y tecnolog\u00edas que puedan contribuir a conflictos regionales o globales, as\u00ed como ser utilizadas de manera il\u00edcita. Para lograrlo, los pa\u00edses participantes intercambian informaci\u00f3n sobre sus pol\u00edticas y pr\u00e1cticas de control de exportaciones, colaboran en el desarrollo y actualizaci\u00f3n de listas comunes de productos y tecnolog\u00edas controladas, y trabajan juntos para garantizar un enfoque coherente y efectivo en el control de exportaciones. Este Arreglo de Wassenaar, desempe\u00f1a un papel crucial en la promoci\u00f3n de la seguridad internacional y en la protecci\u00f3n de la estabilidad global.<\/p>\n\n\n\n<div style=\"height:20px\" aria-hidden=\"true\" class=\"wp-block-spacer\"><\/div>\n\n\n\n<div class=\"wp-block-media-text alignwide has-media-on-the-right is-stacked-on-mobile\"><div class=\"wp-block-media-text__content\">\n<p><strong><a href=\"https:\/\/mascalvet.com\/miembro\/carlos-albareda-ubeda\/\" target=\"_blank\" rel=\"noopener\" title=\"\">Carlos Albareda<\/a><\/strong>&nbsp;es abogado del&nbsp;<strong>Bufete Mas y Calvet<\/strong>, donde integra las \u00e1reas de&nbsp;<strong>Tecnolog\u00eda y de Derecho Espacial<\/strong>&nbsp;del Bufete Mas y Calvet<\/p>\n\n\n\n<p>Colegiado en el Ilustre Colegio de Abogados de Madrid desde 2021, cuenta con formaci\u00f3n en&nbsp;<strong>Criminolog\u00eda y Ciencias Forenses<\/strong>&nbsp;y en&nbsp;<strong>Administraci\u00f3n y Finanzas<\/strong>.<\/p>\n\n\n\n<p>Ha participado en proyectos de consultor\u00eda tecnol\u00f3gica, protecci\u00f3n de datos y&nbsp;<strong>propiedad intelectual<\/strong>.<\/p>\n\n\n\n<p>Ha colaborado como mentor en programas espaciales europeos con orientaci\u00f3n legal a&nbsp;<strong>startups<\/strong>&nbsp;y empresas del sector tecnol\u00f3gico y espacial.<\/p>\n\n\n\n<p>Desde 2023 ha sido reconocido en&nbsp;<strong>The Best Lawyers in Spain\u00ae 2022 &#8220;Ones to watch&#8221;<\/strong>, en la categor\u00eda&nbsp;<strong>Technology<\/strong><strong>.<\/strong><\/p>\n\n\n\n<p><a href=\"https:\/\/www.linkedin.com\/in\/carlos-albareda-%C3%BAbeda-77527364\/\">Perfil en LinkedIn<\/a><\/p>\n<\/div><figure class=\"wp-block-media-text__media\"><img loading=\"lazy\" decoding=\"async\" width=\"1024\" height=\"908\" src=\"https:\/\/mascalvet.com\/wp-content\/uploads\/2024\/04\/Carlos-Albareda-Ubeda-1024x908.jpg\" alt=\"\" class=\"wp-image-7678 size-full\" srcset=\"https:\/\/mascalvet.com\/wp-content\/uploads\/2024\/04\/Carlos-Albareda-Ubeda-1024x908.jpg 1024w, https:\/\/mascalvet.com\/wp-content\/uploads\/2024\/04\/Carlos-Albareda-Ubeda-300x266.jpg 300w, https:\/\/mascalvet.com\/wp-content\/uploads\/2024\/04\/Carlos-Albareda-Ubeda-768x681.jpg 768w, https:\/\/mascalvet.com\/wp-content\/uploads\/2024\/04\/Carlos-Albareda-Ubeda-1536x1362.jpg 1536w, https:\/\/mascalvet.com\/wp-content\/uploads\/2024\/04\/Carlos-Albareda-Ubeda-2048x1816.jpg 2048w, https:\/\/mascalvet.com\/wp-content\/uploads\/2024\/04\/Carlos-Albareda-Ubeda-610x541.jpg 610w, https:\/\/mascalvet.com\/wp-content\/uploads\/2024\/04\/Carlos-Albareda-Ubeda-85x75.jpg 85w, https:\/\/mascalvet.com\/wp-content\/uploads\/2024\/04\/Carlos-Albareda-Ubeda-480x426.jpg 480w\" sizes=\"auto, (max-width:767px) 480px, (max-width:1024px) 100vw, 1024px\" \/><\/figure><\/div>\n\n\n\n<p><strong>\u00bfC\u00f3mo afecta el traslado de objetos especiales con componentes susceptibles de doble uso en el \u00e1mbito europeo?<\/strong><strong><\/strong><\/p>\n\n\n\n<p>El traslado de objetos especiales con componentes susceptibles de doble uso en el \u00e1mbito europeo est\u00e1 sujeto a una serie de regulaciones y procedimientos estrictos. En primer lugar, para productos identificados en el Anexo I del Reglamento (CE) n\u00ba 428\/2009 del Consejo de 5 de mayo de 2009 y destinados fuera del territorio aduanero de la Uni\u00f3n Europea, se requiere una autorizaci\u00f3n o licencia, tal como estipula el Reglamento (UE) N\u00ba 952\/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 9 de octubre de 2013, y sus actualizaciones.<\/p>\n\n\n\n<p>Adem\u00e1s, para productos considerados altamente sensibles y enumerados en el Anexo IV del Reglamento (CE) n\u00ba 428\/2009 del Consejo, se deben seguir procedimientos adicionales. En el caso de transferencias intracomunitarias de estos productos, se requerir\u00e1 una autorizaci\u00f3n de transferencia intracomunitaria.<\/p>\n\n\n\n<p>El Anexo IV del Reglamento consta de dos partes distintas. En la Parte I se incluyen productos de tecnolog\u00eda de sigilo, tales como materiales relacionados con la reflectividad al radar, as\u00ed como productos de control estrat\u00e9gico comunitario, como detonadores explosivos. Tambi\u00e9n se encuentran en esta parte productos de tecnolog\u00eda del R\u00e9gimen de Control de Tecnolog\u00eda de Misiles, como conjuntos de guiado y sistemas de propulsi\u00f3n de cohetes. Por otro lado, la Parte II del Anexo IV incluye productos a\u00fan m\u00e1s sensibles, como los relacionados con la Convenci\u00f3n de Armas Qu\u00edmicas, como productos de tecnolog\u00eda del Grupo de Suministradores Nucleares.<\/p>\n\n\n\n<p>Estas disposiciones buscan garantizar un control adecuado sobre el traslado de productos y tecnolog\u00edas de doble uso, particularmente aquellos de naturaleza altamente sensible, con el objetivo de prevenir la proliferaci\u00f3n y el uso indebido de armas y tecnolog\u00edas que puedan representar una amenaza para la seguridad y estabilidad tanto a nivel regional como global<a id=\"_ftnref3\" href=\"#_ftn3\">[3]<\/a>.<\/p>\n\n\n\n<div style=\"height:20px\" aria-hidden=\"true\" class=\"wp-block-spacer\"><\/div>\n\n\n\n<h3 class=\"wp-block-heading\"><br><strong>\u00bfBajo qu\u00e9 circunstancias se debe solicitar obligatoriamente una licencia de exportaci\u00f3n, independientemente de si el producto est\u00e1 identificado en los anexos de control?<\/strong><\/h3>\n\n\n\n<div style=\"height:20px\" aria-hidden=\"true\" class=\"wp-block-spacer\"><\/div>\n\n\n\n<p>En el contexto de la exportaci\u00f3n de productos y tecnolog\u00edas de doble uso, es importante tener en cuenta que algunos de estos materiales pueden estar sujetos a control, incluso si no est\u00e1n espec\u00edficamente identificados en las listas de control del Anexo I del Reglamento (CE) 428\/2009 del Consejo de la Uni\u00f3n Europea. Esto significa que se requiere una licencia para exportarlos en ciertas circunstancias particulares.<\/p>\n\n\n\n<p>Estas circunstancias pueden incluir:<\/p>\n\n\n\n<ol class=\"wp-block-list\">\n<li>Cuando las autoridades informan al exportador que los productos pueden contribuir total o parcialmente al desarrollo, producci\u00f3n, manejo, funcionamiento, mantenimiento, almacenamiento, detecci\u00f3n, identificaci\u00f3n o propagaci\u00f3n de armas qu\u00edmicas, biol\u00f3gicas o nucleares, o de otros dispositivos nucleares explosivos, o al desarrollo, producci\u00f3n, mantenimiento o almacenamiento de misiles capaces de transportar tales armas.<\/li>\n\n\n\n<li>Si el pa\u00eds adquirente o el pa\u00eds de destino est\u00e1n sujetos a un embargo de armas, y las autoridades informan al exportador que los productos pueden estar destinados total o parcialmente a un uso final militar.<\/li>\n\n\n\n<li>Cuando las autoridades informan al exportador que los productos pueden estar destinados total o parcialmente a ser utilizados como accesorios o componentes del material de defensa que se ha exportado sin autorizaci\u00f3n o en contravenci\u00f3n de una autorizaci\u00f3n preceptiva en virtud de la legislaci\u00f3n vigente.<\/li>\n<\/ol>\n\n\n\n<p>En el caso de que se requiera el r\u00e9gimen de perfeccionamiento activo para un producto de doble uso, que no est\u00e9 sujeto a control en la importaci\u00f3n, pero requiera una licencia de exportaci\u00f3n para su retorno al pa\u00eds de origen, es necesario que el importador solicite y obtenga dicha licencia antes de realizar la exportaci\u00f3n.<\/p>\n\n\n\n<p><strong>Obligaciones del exportador de material susceptible de doble uso<\/strong><strong><\/strong><\/p>\n\n\n\n<p>Es importante resaltar que, si un exportador tiene conocimiento de que las mercanc\u00edas que desea exportar son productos de doble uso, est\u00e1 obligado a informar a la Administraci\u00f3n, incluso si estos productos o tecnolog\u00edas no est\u00e1n incluidos en la lista del Anexo I del Reglamento correspondiente. En esta situaci\u00f3n, corresponder\u00e1 a la Administraci\u00f3n determinar si es necesario someter dichos productos o tecnolog\u00edas a control y si se requiere la obtenci\u00f3n de una autorizaci\u00f3n o licencia para su exportaci\u00f3n.<\/p>\n\n\n\n<p>Esta obligaci\u00f3n de informar a la Administraci\u00f3n refleja la responsabilidad del exportador de actuar de manera transparente y cumplir con las regulaciones pertinentes en materia de control de exportaciones. Al notificar a la Administraci\u00f3n sobre los productos de doble uso, el exportador facilita una evaluaci\u00f3n adecuada del riesgo y permite tomar las medidas necesarias para garantizar la seguridad y protecci\u00f3n en el comercio internacional.<\/p>\n\n\n\n<p><strong>Tipos de licencias<\/strong><strong><\/strong><\/p>\n\n\n\n<p>Las distintas licencias para la transferencia de productos y tecnolog\u00edas de doble uso, una vez se haya determinado que est\u00e1n sujetos a control seg\u00fan el Real Decreto 679\/2014 de 1 de agosto<a href=\"#_ftn4\" id=\"_ftnref4\">[4]<\/a>, es crucial para garantizar una exportaci\u00f3n legal y segura. A continuaci\u00f3n, se detallan los tipos de licencia disponibles:<\/p>\n\n\n\n<ol class=\"wp-block-list\">\n<li>Licencia Individual de Transferencia de Productos y Tecnolog\u00edas de Doble Uso: Esta licencia permite al titular realizar uno o varios env\u00edos de los materiales incluidos a un destinatario espec\u00edfico en Espa\u00f1a, dentro del per\u00edodo de validez de un a\u00f1o. Es adecuada para casos en los que se necesite una autorizaci\u00f3n puntual para una transferencia espec\u00edfica.<\/li>\n<\/ol>\n\n\n\n<ul class=\"wp-block-list\">\n<li>Licencia Global de Transferencia de Productos y Tecnolog\u00edas de Doble Uso: Esta licencia autoriza al titular a realizar un n\u00famero ilimitado de env\u00edos de los materiales incluidos en la licencia a uno o varios destinatarios y desde uno o varios pa\u00edses de destino especificados. La validez de esta licencia es de tres a\u00f1os, con posibilidad de pr\u00f3rroga. Se aplica en situaciones donde la relaci\u00f3n comercial entre el exportador y el destinatario cumple con ciertos supuestos, como entre empresa matriz y filiales, entre fabricante y distribuidor exclusivo, o cuando existe una corriente comercial regular entre el exportador y el usuario final del material.<\/li>\n<\/ul>\n\n\n\n<ul class=\"wp-block-list\">\n<li>Autorizaci\u00f3n General Comunitaria: Esta autorizaci\u00f3n se utiliza para facilitar la exportaci\u00f3n desde pa\u00edses de la Uni\u00f3n Europea hacia terceros pa\u00edses, en casos en los que el producto o tecnolog\u00eda est\u00e1 incluido en los anexos II.a al II.f del Reglamento 428\/2009 y el destino es alguno de los pa\u00edses especificados, como Australia, Canad\u00e1, Estados Unidos de Am\u00e9rica, Jap\u00f3n, Noruega, Nueva Zelanda o Suiza. Los exportadores que cumplen ciertos requisitos pueden acogerse a esta autorizaci\u00f3n, lo que simplifica el proceso de exportaci\u00f3n.<\/li>\n<\/ul>\n\n\n\n<p>La elecci\u00f3n del tipo de licencia adecuado depender\u00e1 de factores como el destino de los env\u00edos, la relaci\u00f3n comercial entre el exportador y el destinatario, y la naturaleza de los productos o tecnolog\u00edas sujetos a control. Es fundamental cumplir con las regulaciones y requisitos establecidos para garantizar el cumplimiento legal y la seguridad en la exportaci\u00f3n de productos y tecnolog\u00edas de doble uso.<\/p>\n\n\n\n<p><strong>Conclusi\u00f3n <\/strong><strong><\/strong><\/p>\n\n\n\n<p>En conclusi\u00f3n, el comercio de productos y tecnolog\u00edas de doble uso en el \u00e1mbito internacional est\u00e1 sujeto a una serie de regulaciones y controles estrictos para prevenir la proliferaci\u00f3n y el uso indebido de armas y tecnolog\u00edas sensibles. Estas regulaciones se basan en normativas nacionales y europeas, como el Real Decreto 679\/2014 y el Reglamento (CE) n\u00ba 428\/2009, que establecen requisitos espec\u00edficos para la exportaci\u00f3n e importaci\u00f3n de estos productos.<\/p>\n\n\n\n<p>Es fundamental tener en cuenta que la determinaci\u00f3n de si un producto o tecnolog\u00eda est\u00e1 sujeto a control se realiza consultando listas espec\u00edficas, como el Anexo I del Reglamento (CE) n\u00ba 428\/2009, y que los exportadores tienen la obligaci\u00f3n de informar a la Administraci\u00f3n incluso si los productos no est\u00e1n incluidos en estas listas.<\/p>\n\n\n\n<p>Una vez que se ha determinado que un producto est\u00e1 sujeto a control, se deben seguir procedimientos espec\u00edficos para obtener las licencias necesarias. Estas pueden ser Licencias Individuales o Globales de Transferencia, que permiten la exportaci\u00f3n de productos a destinos espec\u00edficos durante un per\u00edodo determinado, o Autorizaciones Generales Comunitarias, que simplifican el proceso de exportaci\u00f3n para ciertos destinos y productos.<\/p>\n\n\n\n<p>La elecci\u00f3n del tipo de licencia adecuado depender\u00e1 de varios factores, como el destino de los env\u00edos, la relaci\u00f3n comercial entre el exportador y el destinatario, y la naturaleza de los productos o tecnolog\u00edas sujetos a control.<\/p>\n\n\n\n<p>Adem\u00e1s, en el contexto del comercio espacial, estas regulaciones tambi\u00e9n se vinculan estrechamente con el Derecho Espacial, que aborda aspectos legales relacionados con el lanzamiento, la operaci\u00f3n y la transferencia de tecnolog\u00edas en el \u00e1mbito espacial. Es fundamental considerar estas regulaciones adicionales al exportar productos y tecnolog\u00edas de doble uso en el sector espacial, ya que implican un conjunto espec\u00edfico de requisitos legales y normativos.<\/p>\n\n\n\n<p>El cumplimiento de las regulaciones y requisitos establecidos, tanto en el \u00e1mbito de los productos de doble uso como en el Derecho Espacial, es fundamental para garantizar una exportaci\u00f3n legal y segura, promoviendo as\u00ed la seguridad internacional y evitando posibles abusos o usos indebidos en el comercio espacial y terrestre.<\/p>\n\n\n\n<div style=\"height:20px\" aria-hidden=\"true\" class=\"wp-block-spacer\"><\/div>\n\n\n\n<hr class=\"wp-block-separator has-alpha-channel-opacity\"\/>\n\n\n\n<ul class=\"wp-block-list\">\n<li><strong><a href=\"https:\/\/mascalvet.com\/lanzamiento-de-un-objeto-espacial-requisitos-legales-generales\/\">Lanzamiento de un objeto espacial: requisitos legales generales<\/a><\/strong><\/li>\n\n\n\n<li><strong><a href=\"https:\/\/mascalvet.com\/exploracion-de-marte-legal\/\">Algunas consideraciones legales sobre la exploraci\u00f3n de Marte<\/a><\/strong><\/li>\n\n\n\n<li><strong><a href=\"https:\/\/mascalvet.com\/datos-geoespaciales-en-la-vida-cotidiana\/\">\u00bfDatos geoespaciales en la vida cotidiana? 20 ejemplos de uso habitual<\/a><\/strong><\/li>\n\n\n\n<li><strong><a href=\"https:\/\/mascalvet.com\/datos-geoespaciales-de-copernicus-volcan-de-la-palma\/\">Datos geoespaciales de Copernicus y seguimiento del volc\u00e1n de La Palma<\/a><\/strong><\/li>\n\n\n\n<li><strong><a href=\"https:\/\/mascalvet.com\/cumplimiento-legal-en-la-industria-espacial-ocho-areas-estrategicas\/\">Cumplimiento legal en la industria espacial: ocho \u00e1reas estrat\u00e9gicas<\/a><\/strong><\/li>\n\n\n\n<li><strong><a href=\"https:\/\/mascalvet.com\/reglamento-europeo-de-drones\/\">El nuevo reglamento europeo de drones en 15 preguntas<\/a><\/strong><\/li>\n<\/ul>\n\n\n\n<hr class=\"wp-block-separator has-alpha-channel-opacity\"\/>\n\n\n\n<div style=\"height:20px\" aria-hidden=\"true\" class=\"wp-block-spacer\"><\/div>\n\n\n\n<p><a href=\"#_ftnref1\" id=\"_ftn1\">[1]<\/a> Lanzamiento de un objeto espacial: requisitos legales generales. Bufete Mas y Calvet. Carlos Albareda \u00dabeda https:\/\/mascalvet.com\/lanzamiento-de-un-objeto-espacial-requisitos-legales-generales\/<\/p>\n\n\n\n<p><a href=\"#_ftnref2\" id=\"_ftn2\">[2]<\/a> Cumplimiento legal en la industria espacial: ocho \u00e1reas estrat\u00e9gicas. Bufete Mas y Calvet. Efr\u00e9n D\u00edaz D\u00edaz https:\/\/mascalvet.com\/cumplimiento-legal-en-la-industria-espacial-ocho-areas-estrategicas\/<\/p>\n\n\n\n<p><a href=\"#_ftnref3\" id=\"_ftn3\">[3]<\/a> Preguntas y respuestas sobre la Estrategia Espacial de la UE para la Seguridad y la Defensa. Comisi\u00f3n Europea (CE). Disponible en: https:\/\/ec.europa.eu\/commission\/presscorner\/detail\/es\/qanda_23_1603<\/p>\n\n\n\n<p><a id=\"_ftn4\" href=\"#_ftnref4\">[4]<\/a> Real Decreto 679\/2014, de 1 de agosto, por el que se aprueba el Reglamento de control del comercio exterior de material de defensa, de otro material y de productos y tecnolog\u00edas de doble uso. Disponible en: https:\/\/www.boe.es\/buscar\/act.php?id=BOE-A-2014-8926<\/p>\n\n\n\n<div style=\"height:20px\" aria-hidden=\"true\" class=\"wp-block-spacer\"><\/div>\n\n\n\n<hr class=\"wp-block-separator has-alpha-channel-opacity\"\/>\n\n\n\n<h2 class=\"wp-block-heading\"><strong>\u00c1rea de Derecho Espacial<\/strong><\/h2>\n\n\n\n<p>El&nbsp;<strong><a href=\"https:\/\/mascalvet.com\/areas-de-practica\/\">\u00e1rea de Derecho Espacial<\/a><\/strong>&nbsp;del Bufete Mas y Calvet ofrece asesoramiento jur\u00eddico integral a un sector de la industria de enorme relevancia y proyecci\u00f3n, que asume importantes retos de desarrollo tecnol\u00f3gico y de cumplimiento legal. En el \u00e1rea&nbsp;<strong>geoespacial<\/strong>, ampliada al \u00e1mbito de los drones, provee asesoramiento en procedimientos catastrales y sectores energ\u00e9tico, minero y obras p\u00fablicas, en t\u00e9rminos de geolocalizaci\u00f3n y jur\u00eddicos.<\/p>\n\n\n\n<p>Y en el sector&nbsp;<strong>aeroespacial<\/strong>, para asesora a empresas y operadores en la industria espacial, tanto en el plano regulatorio y de relaci\u00f3n con las administraciones p\u00fablicas, como en la implantaci\u00f3n de nuevos proyectos, gesti\u00f3n de contratos y acuerdos sobre lanzamiento y operaciones, as\u00ed como cumplimiento de normativa y tratados internacionales. Si necesitas&nbsp;<strong>asesoramiento en Derecho Espacia<\/strong>l,&nbsp;<a href=\"https:\/\/mascalvet.com\/contacto\/\">contacte con nuestro equipo de abogados<\/a>.<\/p>\n\n\n\n<hr class=\"wp-block-separator has-alpha-channel-opacity\"\/>\n\n\n\n<div style=\"height:20px\" aria-hidden=\"true\" class=\"wp-block-spacer\"><\/div>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>En la actualidad, la industria espacial espa\u00f1ola se encuentra en constante crecimiento y desarrollo. Sin embargo, uno de los desaf\u00edos m\u00e1s importantes que enfrentan las empresas del sector es la importaci\u00f3n y exportaci\u00f3n de mercader\u00edas, especialmente aquellas relacionadas con el lanzamiento de sat\u00e9lites. Este proceso implica una serie de regulaciones y consideraciones espec\u00edficas, especialmente en lo que respecta al concepto de Doble Uso.<\/p>\n","protected":false},"author":6,"featured_media":7670,"comment_status":"closed","ping_status":"open","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":{"footnotes":""},"categories":[742],"tags":[],"class_list":["post-7669","post","type-post","status-publish","format-standard","has-post-thumbnail","hentry","category-derecho-espacial"],"aioseo_notices":[],"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/mascalvet.com\/en\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/7669","targetHints":{"allow":["GET"]}}],"collection":[{"href":"https:\/\/mascalvet.com\/en\/wp-json\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"https:\/\/mascalvet.com\/en\/wp-json\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/mascalvet.com\/en\/wp-json\/wp\/v2\/users\/6"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/mascalvet.com\/en\/wp-json\/wp\/v2\/comments?post=7669"}],"version-history":[{"count":10,"href":"https:\/\/mascalvet.com\/en\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/7669\/revisions"}],"predecessor-version":[{"id":7688,"href":"https:\/\/mascalvet.com\/en\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/7669\/revisions\/7688"}],"wp:featuredmedia":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/mascalvet.com\/en\/wp-json\/wp\/v2\/media\/7670"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/mascalvet.com\/en\/wp-json\/wp\/v2\/media?parent=7669"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/mascalvet.com\/en\/wp-json\/wp\/v2\/categories?post=7669"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"https:\/\/mascalvet.com\/en\/wp-json\/wp\/v2\/tags?post=7669"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}