{"id":6015,"date":"2022-04-18T06:03:00","date_gmt":"2022-04-18T04:03:00","guid":{"rendered":"https:\/\/mascalvet.com\/?p=6015"},"modified":"2022-04-07T18:06:42","modified_gmt":"2022-04-07T16:06:42","slug":"retos-legales-del-metaverso","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/mascalvet.com\/en\/retos-legales-del-metaverso\/","title":{"rendered":"Evoluci\u00f3n de Internet, \u00bfcu\u00e1les son los principales retos legales del metaverso?"},"content":{"rendered":"\n<p class=\"has-background\" style=\"background-color:#f1f1f1\">Todo el mundo habla del <strong>metaverso <\/strong>y no son pocas las empresas, marcas y personas que ya han dado a conocer su presencia en esta suerte de universo digital paralelo. Alineado con este potencial de desarrollo comercial, social y profesional que promete desarrollar la plataforma del <strong>propietario de Facebook, Marck Zuckerberg<\/strong>, est\u00e1 el flanco jur\u00eddico y la <strong>legalidad <\/strong>aplicable,<strong> \u00bfCu\u00e1les son los retos legales del metaverso? <\/strong>\u00bfQu\u00e9 consecuencias puede tener el comportamiento de nuestros avatares en el metaverso? \u00bfSe desarrollar\u00e1 una legalidad paralela? \u00bfSe podr\u00e1n celebrar contratos o matrimonios en el metaverso? A algunas de estas dudas responde nuestro <strong><a href=\"https:\/\/mascalvet.com\/miembro\/efren-diaz-diaz\/\">abogado Efr\u00e9n D\u00edaz<\/a><\/strong> en esta tribuna que reproducimos a continuaci\u00f3n. El responsable de nuestra <strong><a href=\"https:\/\/mascalvet.com\/areas-de-practica\/#tecnologia\">\u00e1rea de Tecnolog\u00eda <\/a><\/strong>y Doctor en Derecho intenta arrojar algo de luz sobre los <strong>retos legales del metaverso<\/strong>.<\/p>\n\n\n\n<div style=\"height:40px\" aria-hidden=\"true\" class=\"wp-block-spacer\"><\/div>\n\n\n\n<hr class=\"wp-block-separator\"\/>\n\n\n<ul class=\"wp-block-latest-posts__list wp-block-latest-posts\"><li><a class=\"wp-block-latest-posts__post-title\" href=\"https:\/\/mascalvet.com\/en\/ser-patrono-de-una-fundacion-un-cargo-honorifico-o-una-responsabilidad-real\/\">Ser patrono de una fundaci\u00f3n: \u00bfun cargo honor\u00edfico o una responsabilidad real?<\/a><\/li>\n<li><a class=\"wp-block-latest-posts__post-title\" href=\"https:\/\/mascalvet.com\/en\/participacion-en-el-xviii-seminario-del-espacio-en-santander\/\">Participaci\u00f3n del Bufete Mas y Calvet en el XVIII Seminario del Espacio en Santander<\/a><\/li>\n<li><a class=\"wp-block-latest-posts__post-title\" href=\"https:\/\/mascalvet.com\/en\/la-extincion-indemnizada-del-contrato-de-trabajo-por-impago-o-retraso-continuado-en-el-abono-del-salario\/\">La extinci\u00f3n indemnizada del contrato de trabajo por impago o retraso continuado en el abono del salario<\/a><\/li>\n<li><a class=\"wp-block-latest-posts__post-title\" href=\"https:\/\/mascalvet.com\/en\/arbitraje-orden-publico-y-recurso-de-amparo-la-actualidad-de-la-stc-146-2024\/\">Arbitraje, orden p\u00fablico y recurso de amparo: la actualidad de la STC 146\/2024<\/a><\/li>\n<li><a class=\"wp-block-latest-posts__post-title\" href=\"https:\/\/mascalvet.com\/en\/motivacion-del-laudo-arbitral-estandar-negocial-control-externo-y-limites-del-orden-publico\/\">Motivaci\u00f3n del laudo arbitral: est\u00e1ndar negocial, control externo y l\u00edmites del orden p\u00fablico<\/a><\/li>\n<\/ul>\n\n\n<hr class=\"wp-block-separator\"\/>\n\n\n\n<div style=\"height:40px\" aria-hidden=\"true\" class=\"wp-block-spacer\"><\/div>\n\n\n\n<p>El <strong>metaverso <\/strong>plantea desaf\u00edos jur\u00eddicos y legales respecto de derechos fundamentales, legislaci\u00f3n aplicable y jurisdicci\u00f3n de los Tribunales, sobre el equilibrio econ\u00f3mico, social e incluso pol\u00edtico, as\u00ed como la legalidad del desarrollo industrial y tecnol\u00f3gico condicionado por la digitalizaci\u00f3n.<\/p>\n\n\n\n<p>El metaverso deja en cuesti\u00f3n el <strong>futuro de Internet<\/strong> como lo hemos conocido hasta la actualidad, adem\u00e1s de que parece que puede anticiparse a la progresiva adopci\u00f3n del \u201cInternet del valor\u201d que se lograr\u00eda con tecnolog\u00edas como el <strong>blockchain<\/strong>, aunque se vaticine que puede tardar una d\u00e9cada en desarrollarse plenamente.<\/p>\n\n\n\n<div style=\"height:40px\" aria-hidden=\"true\" class=\"wp-block-spacer\"><\/div>\n\n\n\n<h2 class=\"wp-block-heading\"><strong>\u00bfQu\u00e9 es el metaverso?<\/strong><\/h2>\n\n\n\n<p>Lo jur\u00eddico y la legalidad plantean saber <strong>qu\u00e9 es realmente el metaverso<\/strong>. Metaverso es un t\u00e9rmino que, pese a su reciente y creciente popularidad, quiz\u00e1 no permite advertir el alcance y profundidad de sus verdaderas implicaciones sociales y, por ello, jur\u00eddicas.<\/p>\n\n\n\n<p>El concepto metaverso aparece por primera vez en el a\u00f1o 1992, en la novela <em><strong>Snow Crash<\/strong><\/em> de <strong>Neal Stephenson<\/strong>. El t\u00edtulo ofrece algunas pistas: la obra de ficci\u00f3n narra, con tintes apocal\u00edpticos, la persecuci\u00f3n que hace cruzarse al protagonista y al antagonista en un mundo virtual que se presenta como un videojuego. Otra aportaci\u00f3n de Stephenson es la del t\u00e9rmino <strong>avatar <\/strong>para referirse a representaciones digitales de las propias personas, a modo de identidades personales paralelas. As\u00ed, el metaverso ser\u00e1 un aut\u00e9ntico mundo digital de inmersi\u00f3n virtual absoluta.<\/p>\n\n\n\n<p>Algunos expertos afirman que el metaverso es la <strong>evoluci\u00f3n natural de Internet<\/strong>. Sin embargo, otros recuerdan metaversos que ya existieron antes y cuyo \u00e9xito puede ser cuestionado. Uno de los ejemplos m\u00e1s reconocidos es el ya desaparecido <strong>Second Life<\/strong>.<\/p>\n\n\n\n<p>Las grandes tecnol\u00f3gicas, entre las que destacan \u201cMeta\u201d, nuevo nombre de la compa\u00f1\u00eda de la red social <strong>Facebook de Mark Zuckerberg<\/strong>, y Microsoft apuestan decididamente por ese nuevo ecosistema completamente digital, como se aprecia ya en los fondos animados de aplicaciones de videoconferencias como Teams.<\/p>\n\n\n\n<p>No hay ya ninguna duda de que desde hace algunos a\u00f1os la industria se encamina hacia esta nueva <strong>dimensi\u00f3n digital<\/strong>. Esta dimensi\u00f3n ser\u00e1 posible por el desarrollo de las tecnolog\u00edas de realidad aumentada (AR) y de realidad virtual (RV), adem\u00e1s de por el despliegue de la nube y conexiones a la red con menos latencia como las redes 5G.<\/p>\n\n\n\n<div style=\"height:40px\" aria-hidden=\"true\" class=\"wp-block-spacer\"><\/div>\n\n\n\n<h2 class=\"wp-block-heading\"><strong>Principales retos legales del metaverso<\/strong><\/h2>\n\n\n\n<p>Jur\u00eddicamente, <strong>el metaverso plantea retos econ\u00f3micos y sociales<\/strong>, pues ya se han celebrado conciertos completamente digitales, y es tan f\u00e1cil comprar ropa como armas. Sin embargo, no parece que esa nueva realidad digital quede al margen de la necesaria legalidad.<\/p>\n\n\n\n<p>\u00bfSer\u00eda pensable que quedara impune la comisi\u00f3n de un delito de apropiaci\u00f3n indebida, que vac\u00ede la cuenta corriente \u201creal\u201d de una persona f\u00edsica al margen de los colores de su <strong>avatar <\/strong>en el \u201cmetaverso\u201d? Incluso, socialmente, \u00bftodos estar\u00edamos de acuerdo en la impunidad e ilegalidad de las conductas que se realicen en el metaverso solo por ser digitales? \u00bfEstar\u00edamos de acuerdo en que los <strong>delitos <\/strong>dejaran de estar castigados por cometerse digitalmente y mediante un avatar, que las sustracciones econ\u00f3micas que arruinaran a ni\u00f1os y mayores (en su vida \u201creal\u201d), por ejemplo, no lo fueran porque s\u00f3lo son digitales?<\/p>\n\n\n\n<p>Sin embargo, algunos como Zuckerberg quieren garantizar a sus usuarios \u201creales\u201d una &#8220;sensaci\u00f3n de presencialidad&#8221;. \u00bfC\u00f3mo lo conseguir\u00e1? Mediante la creaci\u00f3n de su metaverso como un aut\u00e9ntico<strong> mundo digital <\/strong>de una inmersi\u00f3n absoluta.<\/p>\n\n\n\n<p>Para ello ya propone emplear las llamadas <strong>gafas Oculus<\/strong> de realidad virtual y que Facebook lleva a\u00f1os desarrollando (no hay que olvidar el fracaso de las Google Glasses precisamente por motivos de privacidad, claramente uno de los grandes desaf\u00edos legales y jur\u00eddicos en el universo digital).<\/p>\n\n\n\n<p>La compa\u00f1\u00eda tambi\u00e9n est\u00e1 trabajando en unos <strong>guantes h\u00e1pticos<\/strong> para garantizar que la sensaci\u00f3n del tacto tambi\u00e9n est\u00e9 presente en la red. Y Meta, en agosto de 2021, present\u00f3 la idea de que la gente pudiese teletrabajar con dispositivos de realidad virtual.<\/p>\n\n\n\n<p>Junto al de su inmersi\u00f3n, este ser\u00e1 otro de los componentes clave de este nuevo mundo, y gran <strong>reto legal del metaverso<\/strong>: no s\u00f3lo se va a jugar. Seg\u00fan los expertos, el metaverso que promueve Meta es uno en el que Zuckerberg quiere que sus usuarios socialicen, jueguen, trabajen: que vivan.<\/p>\n\n\n\n<p>\u00bfDejaremos de ser \u201cnosotros\u201d s\u00f3lo porque nuestra \u201c<strong>identidad<\/strong>\u201d est\u00e9 representada digitalmente mediante un avatar que, no obstante, re\u00fane todas nuestras caracter\u00edsticas personales?<\/p>\n\n\n\n<p>A efectos jur\u00eddicos, \u00bfseremos nosotros a nuestro avatar quien abonar\u00e1 los impuestos, quien omitir\u00e1 el deber de socorro de \u201calguien\u201d gravemente herido, quien dejar\u00e1 de asistir a una reuni\u00f3n convocada en el <strong>metaverso<\/strong>?<\/p>\n\n\n\n<p>A efectos legales, la supuesta separaci\u00f3n entre la persona, como<strong> sujeto de derecho<\/strong>, y el avatar, como no se sabe qu\u00e9 clase de sujeto ser\u00e1, plantea profundos desaf\u00edos, como ya los han planteado los robots.<\/p>\n\n\n\n<p>Sin embargo, en la <strong>Resoluci\u00f3n del Parlamento Europeo, de 16 de febrero de 2017<\/strong>, con recomendaciones destinadas a la Comisi\u00f3n sobre normas de Derecho civil sobre rob\u00f3tica, expresamente se han recogido estos <strong>\u201cprincipios \u00e9ticos\u201d<\/strong> que enuncian algunos de los principales problemas legales de los robots, pero cabr\u00eda aplicarlo an\u00e1logamente a los \u201cavatares\u201d:<\/p>\n\n\n\n<div style=\"height:40px\" aria-hidden=\"true\" class=\"wp-block-spacer\"><\/div>\n\n\n\n<hr class=\"wp-block-separator\"\/>\n\n\n\n<p><em><strong>Principios \u00e9ticos<\/strong><\/em><\/p>\n\n\n\n<p><em>10.&nbsp; Se\u00f1ala que el potencial de empoderamiento que encierra el recurso a la rob\u00f3tica se ve matizado por una serie de tensiones o posibles riesgos y que debe ser evaluado detenidamente a la luz de la seguridad y la salud humanas; la libertad, la intimidad, la integridad y la dignidad; la autodeterminaci\u00f3n y la no discriminaci\u00f3n, y la protecci\u00f3n de los datos personales;<\/em><\/p>\n\n\n\n<p><em>11.&nbsp; Considera que el actual marco normativo de la Uni\u00f3n debe actualizarse y completarse, en su caso, por medio de directrices \u00e9ticas que reflejen la complejidad del \u00e1mbito de la rob\u00f3tica y sus numerosas implicaciones sociales, m\u00e9dicas y bio\u00e9ticas; estima que es preciso un marco \u00e9tico claro, estricto y eficiente que oriente el desarrollo, dise\u00f1o, producci\u00f3n, uso y modificaci\u00f3n de los robots, a fin de complementar tanto las recomendaciones jur\u00eddicas expuestas en el presente informe como el acervo nacional y de la Uni\u00f3n en vigor; propone, en el anexo a la presente Resoluci\u00f3n, un marco en forma de carta integrada por un c\u00f3digo de conducta para los ingenieros en rob\u00f3tica, un c\u00f3digo deontol\u00f3gico destinado a los comit\u00e9s de \u00e9tica de la investigaci\u00f3n para la revisi\u00f3n de los protocolos de rob\u00f3tica, y licencias tipo para los dise\u00f1adores y los usuarios;<\/em><\/p>\n\n\n\n<p><em>12.&nbsp; Pone de relieve el principio de transparencia, que consiste en que siempre ha de ser posible justificar cualquier decisi\u00f3n que se haya adoptado con ayuda de la inteligencia artificial y que pueda tener un impacto significativo sobre la vida de una o varias personas; considera que siempre debe ser posible reducir los c\u00e1lculos del sistema de inteligencia artificial a una forma comprensible para los humanos; estima que los robots avanzados deber\u00edan estar equipados con una \u00abcaja negra\u00bb que registre los datos de todas las operaciones efectuadas por la m\u00e1quina, incluidos, en su caso, los pasos l\u00f3gicos que han conducido a la formulaci\u00f3n de sus decisiones;<\/em><\/p>\n\n\n\n<p><em>13.&nbsp; Se\u00f1ala que este marco de orientaciones \u00e9ticas debe basarse en los principios de beneficencia, no maleficencia, autonom\u00eda y justicia, as\u00ed como en los principios consagrados en la Carta de los Derechos Fundamentales de la Uni\u00f3n Europea, como la dignidad humana, la igualdad, la justicia y la equidad, la no discriminaci\u00f3n, el consentimiento informado, la vida privada y familiar y la protecci\u00f3n de datos, as\u00ed como en otros principios y valores inherentes al Derecho de la Uni\u00f3n, como la no estigmatizaci\u00f3n, la transparencia, la autonom\u00eda, la responsabilidad individual, y la responsabilidad social, sin olvidar las actuales pr\u00e1cticas y c\u00f3digos \u00e9ticos;<\/em><\/p>\n\n\n\n<p><em>14.&nbsp; Considera que se debe prestar especial atenci\u00f3n a los robots que representan una amenaza significativa para la privacidad debido a su ubicaci\u00f3n en espacios tradicionalmente protegidos y privados y a su capacidad para obtener y transmitir informaci\u00f3n y datos personales y sensibles;<\/em><\/p>\n\n\n\n<hr class=\"wp-block-separator\"\/>\n\n\n\n<div style=\"height:40px\" aria-hidden=\"true\" class=\"wp-block-spacer\"><\/div>\n\n\n\n<h2 class=\"wp-block-heading\"><strong>La legislaci\u00f3n actual y su aplicaci\u00f3n en el metaverso<\/strong><\/h2>\n\n\n\n<p>La legislaci\u00f3n actual, al menos en la Uni\u00f3n Europea, tiene <strong>pleno sentido en el mundo digital<\/strong>, pues protege al ciudadano ante las nuevas situaciones de riesgo y desprotecci\u00f3n ante las que la tecnolog\u00eda y su desarrollo lo deja expuesto.<\/p>\n\n\n\n<p>Ciertamente, la legislaci\u00f3n sigue a la vida. Sin embargo, el desarrollo normativo de la protecci\u00f3n de datos y de la privacidad ha permitido acompasar la situaci\u00f3n en la que, a la vez, se encuentran los ciudadanos y la tecnolog\u00eda. Particularmente el <strong><a href=\"https:\/\/www.boe.es\/doue\/2016\/119\/L00001-00088.pdf\">Reglamento General de Protecci\u00f3n de Datos (RGPD)<\/a><\/strong> ha supuesto un gran avance que a\u00fana criterios generales y, por ello, perdurable, junto con medidas pr\u00e1cticas y concretas.<\/p>\n\n\n\n<p>El metaverso dar\u00e1 lugar a que se aprueben nuevas normas para regular esta <strong>nueva realidad no tangible<\/strong>, al igual que ha ocurrido, en cada momento hist\u00f3rico, con el cambio de las carreteras, para adecuarlas de los coches de caballo a los de motor, y de las comunicaciones en papel a las electr\u00f3nicas.<\/p>\n\n\n\n<p>Sin embargo, considero m\u00e1s interesante una <strong>regulaci\u00f3n basada en principios claros y concretos<\/strong>, que en reglas pormenorizadas de r\u00e1pida obsolescencia. As\u00ed, no hay duda de la vigencia del derecho a no ser \u201cobjeto de injerencias arbitrarias en su vida privada, su familia, su domicilio o su correspondencia, ni de ataques a su honra o a su reputaci\u00f3n\u201d (como afirma el art. 12 de la Declaraci\u00f3n Universal de Derechos Humanos de 1948), sea o no electr\u00f3nica y discurra o no en el metaverso.<\/p>\n\n\n\n<p>Adicionalmente, la citada Resoluci\u00f3n del Parlamento Europeo, de 16 de febrero de 2017, con recomendaciones destinadas a la Comisi\u00f3n sobre normas de Derecho civil sobre <strong>rob\u00f3tica<\/strong>, recoge algunos Considerandos que vale la pena tener en cuenta como l\u00edneas de la futura normativa, no s\u00f3lo para los robots, sino quiz\u00e1 tambi\u00e9n anal\u00f3gicamente para el metaverso:<\/p>\n\n\n\n<div style=\"height:40px\" aria-hidden=\"true\" class=\"wp-block-spacer\"><\/div>\n\n\n\n<hr class=\"wp-block-separator\"\/>\n\n\n\n<p><em>A.&nbsp; Considerando que, desde el <u>monstruo de Frankenstein<\/u> creado por Mary Shelley al mito cl\u00e1sico de Pigmali\u00f3n, pasando por el Golem de Praga o el robot de Karel \u010capek \u2014que fue quien acu\u00f1\u00f3 el t\u00e9rmino\u2014, <strong><u>los seres humanos han fantaseado siempre con la posibilidad de construir m\u00e1quinas inteligentes, sobre todo androides con caracter\u00edsticas humanas<\/u><\/strong>;<\/em><\/p>\n\n\n\n<p><em>B.&nbsp; Considerando que, ahora que la humanidad se encuentra <strong><u>a las puertas de una era en la que robots, bots, androides y otras formas de inteligencia artificial cada vez m\u00e1s sofisticadas parecen dispuestas a desencadenar una nueva revoluci\u00f3n industrial<\/u><\/strong> \u2014que probablemente afecte a todos los estratos de la sociedad\u2014, resulta de vital importancia que el legislador <strong><u>pondere las consecuencias jur\u00eddicas y \u00e9ticas<\/u><\/strong>, sin obstaculizar con ello la innovaci\u00f3n;<\/em><\/p>\n\n\n\n<p><em>C.&nbsp; Considerando que es necesario <strong><u>crear una definici\u00f3n generalmente aceptada de robot y de inteligencia artificial<\/u><\/strong> que sea flexible y no lastre la innovaci\u00f3n;<\/em><\/p>\n\n\n\n<p><em>D.&nbsp; Considerando que, entre 2010 y 2014, las <strong><u>ventas de robots<\/u><\/strong> aumentaron un 17 % de media cada a\u00f1o, que en 2014 las ventas registraron el mayor incremento anual observado hasta ahora \u2014a saber, un 29 %\u2014, y que los principales motores de este crecimiento son los proveedores de componentes de automoci\u00f3n y la industria electr\u00f3nica y el\u00e9ctrica; que a lo largo del \u00faltimo decenio se han triplicado las solicitudes anuales de patentes en el sector de la tecnolog\u00eda rob\u00f3tica;<\/em><\/p>\n\n\n\n<p><em>E.&nbsp; Considerando que durante los <strong><u>\u00faltimos doscientos a\u00f1os<\/u><\/strong> las cifras de empleo han aumentado de manera continuada gracias al <strong><u>desarrollo tecnol\u00f3gico<\/u><\/strong>; que el desarrollo de la rob\u00f3tica y de la inteligencia artificial tiene <strong><u>potencial para transformar el modo de vida y las formas de trabajo, aumentar los niveles de eficiencia, ahorro y seguridad y mejorar la calidad de los servicios<\/u><\/strong>, y que se espera que, a corto y medio plazo, la rob\u00f3tica y la inteligencia artificial traigan consigo eficiencia y ahorro, no solo en la producci\u00f3n y el comercio, sino tambi\u00e9n en \u00e1mbitos como <strong><u>el transporte, la asistencia sanitaria, las operaciones de salvamento, la educaci\u00f3n y la agricultura<\/u><\/strong>, permitiendo que los seres humanos dejen de exponerse a condiciones peligrosas, como, por ejemplo, las que entra\u00f1a la limpieza de lugares contaminados con sustancias t\u00f3xicas;<\/em><\/p>\n\n\n\n<p><em>F.&nbsp; Considerando que el <strong><u>envejecimiento de la poblaci\u00f3n<\/u><\/strong> se debe al aumento de la esperanza de vida propiciado por los avances en las condiciones de vida y en la medicina moderna, y que se trata de uno de los principales retos pol\u00edticos, sociales y econ\u00f3micos a los que se enfrentan las sociedades europeas del siglo xxi; que en 2025 m\u00e1s de un 20 % de los europeos habr\u00e1 cumplido los sesenta y cinco a\u00f1os, con un aumento especialmente r\u00e1pido de la poblaci\u00f3n mayor de ochenta a\u00f1os, lo que dar\u00e1 lugar a un <strong><u>equilibrio radicalmente diferente entre las generaciones dentro de nuestra sociedad<\/u><\/strong>, y que redunda en beneficio de la sociedad y de las familias que las personas de edad avanzada se mantengan saludables y activas el mayor tiempo posible;<\/em><\/p>\n\n\n\n<p><em>G.&nbsp; Considerando que, a largo plazo, la tendencia actual que apunta al <strong><u>desarrollo de m\u00e1quinas inteligentes y aut\u00f3nomas, con capacidad de ser entrenadas para pensar y tomar decisiones de manera independiente<\/u><\/strong>, no solo implica ventajas econ\u00f3micas, sino tambi\u00e9n distintas preocupaciones relativas a sus <strong><u>efectos directos e indirectos en el conjunto de la sociedad<\/u><\/strong>;<\/em><\/p>\n\n\n\n<p><em>H.&nbsp; Considerando que el <strong><u>aprendizaje autom\u00e1tico<\/u><\/strong> ofrece enormes ventajas econ\u00f3micas e innovadoras a la sociedad, al mejorar enormemente la capacidad de analizar datos, aunque tambi\u00e9n plantea retos a la hora de <strong><u>velar por la no discriminaci\u00f3n, las garant\u00edas procesales, la transparencia y la inteligibilidad de los procesos decisorios<\/u><\/strong>;<\/em><\/p>\n\n\n\n<p><em>(&#8230;)<\/em><\/p>\n\n\n\n<p><em>J.&nbsp; Considerando que, si bien es posible que el uso generalizado de robots no acarree autom\u00e1ticamente la sustituci\u00f3n de puestos de trabajo, s\u00ed que es probable que los empleos menos cualificados en sectores intensivos en mano de obra sean m\u00e1s vulnerables a la automatizaci\u00f3n; que esta tendencia podr\u00eda devolver procesos de producci\u00f3n a la Uni\u00f3n; que la investigaci\u00f3n ha demostrado que el crecimiento del empleo es considerablemente m\u00e1s r\u00e1pido en los puestos de trabajo que hacen un mayor uso de la inform\u00e1tica; que <strong><u>la automatizaci\u00f3n de los puestos de trabajo puede liberar a las personas de tareas manuales mon\u00f3tonas y permitirles que se dediquen a otras m\u00e1s creativas y significativas<\/u><\/strong>; que la automatizaci\u00f3n obliga a los Gobiernos a invertir en educaci\u00f3n y a acometer otras reformas con el fin de mejorar la redistribuci\u00f3n en los tipos de capacidades que necesitar\u00e1n los trabajadores en el futuro;<\/em><\/p>\n\n\n\n<p><em>K.&nbsp; Considerando que, a la vista de las <strong><u>crecientes fracturas sociales y el declive de la clase media<\/u><\/strong>, conviene tener en cuenta que el progreso de la rob\u00f3tica podr\u00eda traducirse en una elevada concentraci\u00f3n de la riqueza y el poder en manos de una minor\u00eda;<\/em><\/p>\n\n\n\n<p><em>L.&nbsp; Considerando que no cabe duda de que el desarrollo de la rob\u00f3tica y la inteligencia artificial incidir\u00e1 en el panorama del empleo, lo que puede crear <strong><u>nuevas preocupaciones relativas a la responsabilidad <\/u><\/strong>y eliminar otras; que debe aclararse la responsabilidad jur\u00eddica desde el punto de vista del modelo de empresa y de la definici\u00f3n de las tareas de los trabajadores, en caso de que se produzca una emergencia o surjan problemas;<\/em><\/p>\n\n\n\n<p><em>M.&nbsp; Considerando que la tendencia hacia la automatizaci\u00f3n requiere que los implicados en el desarrollo y comercializaci\u00f3n de aplicaciones de inteligencia artificial incorporen desde el principio caracter\u00edsticas de seguridad y \u00e9tica, reconociendo de ese modo que deben estar preparados para <strong><u>aceptar la responsabilidad jur\u00eddica respecto de la calidad de la tecnolog\u00eda que producen<\/u><\/strong>;<\/em><\/p>\n\n\n\n<p><em>N.&nbsp; Considerando que el Reglamento (UE) 2016\/679 del Parlamento Europeo y del Consejo(2) <strong><u>(Reglamento general de protecci\u00f3n de datos) establece un marco jur\u00eddico para la protecci\u00f3n de los datos personales<\/u><\/strong>; que puede resultar necesario abordar otros aspectos relativos al <strong><u>acceso de los datos y a la protecci\u00f3n de los datos personales y la intimidad<\/u><\/strong>, habida cuenta de las preocupaciones que en esta materia a\u00fan podr\u00edan suscitar las <u>aplicaciones y los dispositivos que se comunican entre s\u00ed y con bases de datos sin intervenci\u00f3n humana<\/u>;<\/em><\/p>\n\n\n\n<p><em>O.&nbsp; Considerando que la evoluci\u00f3n en la rob\u00f3tica y en la inteligencia artificial puede y debe concebirse de modo que <strong><u>preserve la dignidad, la autonom\u00eda y la autodeterminaci\u00f3n del individuo<\/u><\/strong>, especialmente en el \u00e1mbito de la atenci\u00f3n y la compa\u00f1\u00eda a las personas, y en el contexto de los dispositivos m\u00e9dicos que \u00abreparen\u00bb o mejoren a los seres humanos;<\/em><\/p>\n\n\n\n<p><em>P.&nbsp; Considerando que existe la posibilidad de que a largo plazo la inteligencia artificial llegue a <strong><u>superar la capacidad intelectual humana<\/u><\/strong>;<\/em><\/p>\n\n\n\n<p><em>Q.&nbsp; Considerando que el desarrollo de <strong><u>toma de decisiones automatizadas y basadas en algoritmos<\/u><\/strong> y su creciente utilizaci\u00f3n incidir\u00e1n sin duda en las elecciones de los particulares (por ejemplo, empresas o usuarios de internet) y de las autoridades administrativas y judiciales u organismos p\u00fablicos de otro tipo, a la hora de tomar su decisi\u00f3n final, ya sea de car\u00e1cter comercial, de ejercicio de la autoridad p\u00fablica o de consumo; considerando que es necesario integrar salvaguardias y la posibilidad de <strong><u>control y verificaci\u00f3n por parte de las personas en los procesos de toma de decisiones automatizados y basados en algoritmos<\/u><\/strong>;<\/em><\/p>\n\n\n\n<p><em>R.&nbsp; Considerando que en varios <strong><u>pa\u00edses extranjeros, como los EE.UU., Jap\u00f3n, China y Corea del Sur<\/u><\/strong>, se est\u00e1n planteando adoptar medidas normativas en el \u00e1mbito de la rob\u00f3tica y la inteligencia artificial, y que en algunos casos ya han empezado a hacerlo; que algunos Estados miembros han empezado tambi\u00e9n a reflexionar sobre la posible elaboraci\u00f3n de <strong><u>normas jur\u00eddicas o la introducci\u00f3n de cambios legislativos a fin de tener en cuenta las nuevas aplicaciones de dichas tecnolog\u00edas<\/u><\/strong>;<\/em><\/p>\n\n\n\n<p><em>S.&nbsp; Considerando que <strong><u>la industria europea podr\u00eda resultar beneficiada de un enfoque normativo adecuado, eficiente, transparente y coherente a escala de la Uni\u00f3n<\/u><\/strong> que defina unas condiciones previsibles y lo suficientemente claras para que las empresas puedan desarrollar aplicaciones y planificar sus modelos de negocio a escala europea, garantizando al mismo tiempo que la Uni\u00f3n y sus Estados miembros <strong><u>conservan el control sobre la normativa que se haya de establecer<\/u><\/strong>, de modo que no se vean obligados a adoptar o aceptar normas establecidas por otros, es decir, por terceros pa\u00edses que tambi\u00e9n est\u00e1n a la vanguardia del desarrollo de la rob\u00f3tica y la inteligencia artificial;<\/em><\/p>\n\n\n\n<hr class=\"wp-block-separator\"\/>\n\n\n\n<div style=\"height:40px\" aria-hidden=\"true\" class=\"wp-block-spacer\"><\/div>\n\n\n\n<h2 class=\"wp-block-heading\"><strong>Algoritmos y metaverso: incumplimientos<\/strong><\/h2>\n\n\n\n<p>Aunque el metaverso sea un <strong>espacio virtual de inmersi\u00f3n digital<\/strong>, las personas f\u00edsicas y jur\u00eddicas no desaparecen del mundo f\u00edsico ni se sustituyen, como si de una suplantaci\u00f3n de identidad por avatar se tratara, por sujetos exclusivos del metaverso.<\/p>\n\n\n\n<p>Actualmente, ya es delito el <em><strong>robo de identidad<\/strong><\/em>, tambi\u00e9n llamado delito de usurpaci\u00f3n de estado civil o de identidad, consistente en la acci\u00f3n de apropiarse una persona de la identidad de otra, haci\u00e9ndose pasar por ella para acceder a recursos y beneficios, actuando en el tr\u00e1fico jur\u00eddico simulando ser la persona suplantada.<\/p>\n\n\n\n<p>Por tanto, al menos en este estadio inicial del <strong>metaverso<\/strong>, habr\u00e1 que aplicar las normas en vigor y ese convendr\u00eda que fuera el patr\u00f3n con el que se deben supervisar los algoritmos de estos nuevos espacios virtuales. El actual metaverso, en el que existe una relaci\u00f3n directa, aunque sea a trav\u00e9s de avatares, entre las personas f\u00edsicas o jur\u00eddicas y su representaci\u00f3n, debiera aplicar las normas jur\u00eddicas existentes, sin perjuicio de su progresiva adaptaci\u00f3n y transformaci\u00f3n a la nueva realidad tecnol\u00f3gica.<\/p>\n\n\n\n<p>El usuario podr\u00e1 <strong>denunciar un posible<\/strong> incumplimiento o, incluso, abuso por parte de la empresa creadora o titular, respecto de las situaciones de vulneraci\u00f3n de sus derechos, de incumplimiento de obligaciones contractuales y de prevenci\u00f3n, investigaci\u00f3n y persecuci\u00f3n del delito.<\/p>\n\n\n\n<p>Es claro que<strong> el metaverso es un nuevo universo digital<\/strong>. Pero tambi\u00e9n debiera ser claro que lo que \u201cno es\u201d, dado que el metaverso \u201cno es\u201d y \u201cno debiera ser\u201d una manera o un espacio para no aplicar o no cumplir con las normas jur\u00eddicas, contractuales y legales, que imperan en la realidad f\u00edsica.<\/p>\n\n\n\n<div style=\"height:40px\" aria-hidden=\"true\" class=\"wp-block-spacer\"><\/div>\n\n\n\n<h2 class=\"wp-block-heading\"><strong>Metaverso: contratos, propiedad intelectual&#8230;<\/strong><\/h2>\n\n\n\n<p>Las acciones o interacciones en el metaverso, siempre que sean acciones u omisiones directamente atribuibles a <strong>personas f\u00edsicas o empresas reales o, incluso, virtualizadas<\/strong> y representadas mediante un avatar, debieran seguir las normas y reglas legales del mundo \u201creal\u201d.<\/p>\n\n\n\n<p>Al igual que se plante\u00f3 al inicio del <strong>desarrollo de Internet<\/strong>, que pod\u00eda parecer una \u201cselva sin reglas jur\u00eddicas\u201d y un \u201cespacio paralelo al real\u201d, finalmente se han aplicado las mismas normas y principios legales que en el mundo f\u00edsico, con las l\u00f3gicas y necesarias adaptaciones a los nuevos entornos del metaverso.<\/p>\n\n\n\n<p>\u00bfPodr\u00eda llegar a ser valida una <strong>boda celebrada en metaverso<\/strong>? Pues en principio no, al igual que no puede celebrarse un matrimonio a distancia, aunque s\u00ed \u201cpor poderes\u201d, dado que es un acto personal\u00edsimo, que requiere presencialidad.<\/p>\n\n\n\n<p>Sin embargo, al igual que la regulaci\u00f3n se actualiz\u00f3 para posibilitar los <strong>\u201ccontratos a distancia\u201d<\/strong>, y hoy es posible la contrataci\u00f3n telef\u00f3nica y electr\u00f3nica, ciertos contratos s\u00ed podr\u00edan negociarse y celebrarse v\u00e1lidamente en el metaverso. A esta futura realidad habr\u00e1 que ver c\u00f3mo le afecta el desarrollo de otras tecnolog\u00edas como el blockchain y los contratos inteligentes (basados en algoritmos).<\/p>\n\n\n\n<div style=\"height:40px\" aria-hidden=\"true\" class=\"wp-block-spacer\"><\/div>\n\n\n\n<h2 class=\"wp-block-heading\"><strong>Personalidad jur\u00eddica en el metaverso<\/strong><\/h2>\n\n\n\n<p>A mi juicio, por lo expuesto, podr\u00eda no tener l\u00f3gica expandir el concepto de <strong>personalidad jur\u00eddica al metaverso<\/strong>, puesto que podr\u00eda ser ya v\u00e1lida la personalidad existente.<\/p>\n\n\n\n<p>De la misma manera que una empresa puede firmar un contrato mediante su representante legal, incluso mediante la <strong>utilizaci\u00f3n de certificados digitales<\/strong>, jur\u00eddicamente no habr\u00eda problema en que as\u00ed se hiciera en el metaverso. Pero siempre que se asuma previamente que el metaverso es \u201cigual de real\u201d que el mundo real (tangible e intangible), y no una mera ficci\u00f3n paralela y separada de la realidad. Y tan real es lo f\u00edsico como lo jur\u00eddico, lo material que se toca como una obligaci\u00f3n de pago formalizada en un contrato, que de suyo \u201cno es tangible\u201d, sino una abstracci\u00f3n jur\u00eddica.<\/p>\n\n\n\n<p>Sin embargo, si se parte de aplicar la m\u00e1xima de \u201clo que sucede en metaverso se queda en metaverso\u201d, la aplicaci\u00f3n de las <strong>normas jur\u00eddicas vigentes <\/strong>requerir\u00eda una mayor revisi\u00f3n, y no solo de manera personal (personas reales versus avatares), sino tambi\u00e9n territorial y geogr\u00e1ficamente. Baste un ejemplo sencillo: el sacrificio de una vaca en Espa\u00f1a no es delito ni comporta mayores consecuencias; sin embargo, en la India, como animal sagrado, la vaca est\u00e1 protegida por la ley: est\u00e1 prohibido molestarlas, maltratarlas y por supuesto matarlas.<\/p>\n\n\n\n<div style=\"height:40px\" aria-hidden=\"true\" class=\"wp-block-spacer\"><\/div>\n\n\n\n<h2 class=\"wp-block-heading\"><strong>Fronteras del metaverso y conflictos<\/strong><\/h2>\n\n\n\n<p>El metaverso, por tratarse de un universo digital en el que interact\u00faan <strong>personas f\u00edsicas o jur\u00eddicas <\/strong>por intermedio de sus respectivos <strong>avatares<\/strong>, al menos seg\u00fan se ha configurado hasta la actualidad, carece de fronteras f\u00edsicas y geogr\u00e1ficas, aunque hasta cierto punto.<\/p>\n\n\n\n<p>El metaverso, por ser una creaci\u00f3n humana, est\u00e1 ubicado en un <strong>espacio f\u00edsico determinado<\/strong>, al menos en la medida en que su contenido est\u00e1 situado en servidores o soportes tecnol\u00f3gicos determinados, con independencia de que puedan llegar a ser tan numerosos que resulten incontables.<\/p>\n\n\n\n<p>En este sentido, en la actualidad quedar\u00eda claro, al menos conceptualmente, que el <strong>metaverso <\/strong>est\u00e1 s\u00f3lo \u201cdentro de la Tierra\u201d y no ha salido al espacio sideral, as\u00ed como que sus soportes son estrictamente f\u00edsicos, aunque \u201cinalcanzables\u201d dada su descentralizaci\u00f3n (como Internet funciona sobre multitud de servidores que son inalcanzables en t\u00e9rminos pr\u00e1cticos o de acceso).<\/p>\n\n\n\n<p>Al mismo tiempo, el metaverso est\u00e1 situado dentro de unos <strong>l\u00edmites geogr\u00e1ficos<\/strong>, simplemente por tratarse de una invenci\u00f3n del ser humano. Y por ello jur\u00eddicamente queda sujeto a la regulaci\u00f3n que, territorialmente, se aplique a las personas y empresas dise\u00f1adoras, fabricantes o desarrolladoras del metaverso.<\/p>\n\n\n\n<p>De igual modo que <strong>Meta es una empresa norteamericana<\/strong> y que para la Uni\u00f3n Europea se ha \u201clocalizado\u201d en Irlanda, las diversas empresas que desarrollen el metaverso estar\u00e1n geogr\u00e1ficamente ubicadas en un territorio que determinar\u00e1 la ley aplicable.<\/p>\n\n\n\n<p>En este sentido puede comprobarse, como ejemplo, en el caso del propio Meta (Facebook), que sigue <strong>remiti\u00e9ndose a normas y leyes de mundo real<\/strong>, y no al \u201cmetaverso\u201d. Esto, por s\u00ed s\u00f3lo, ya ser\u00eda enormemente elocuente.<\/p>\n\n\n\n<div style=\"height:40px\" aria-hidden=\"true\" class=\"wp-block-spacer\"><\/div>\n\n\n\n<hr class=\"wp-block-separator\"\/>\n\n\n\n<h2 class=\"wp-block-heading\">\u00c1rea de Tecnolog\u00eda<\/h2>\n\n\n\n<p>El&nbsp;<strong><a href=\"https:\/\/mascalvet.com\/areas-de-practica\/\">\u00e1rea de Tecnolog\u00eda<\/a><\/strong>&nbsp;del&nbsp;<strong>Bufete Mas y Calvet<\/strong>&nbsp;aborda asuntos relacionados con las tecnolog\u00edas de la comunicaci\u00f3n y la sociedad de la informaci\u00f3n, desde la protecci\u00f3n de datos, el asesoramiento en materia de propiedad intelectual o la defensa de derechos de autor, etc.&nbsp;<strong><a href=\"https:\/\/mascalvet.com\/contacto\/\" target=\"_blank\" rel=\"noreferrer noopener\">Contacte con nuestro equipo de abogados<\/a><\/strong>&nbsp;para que le asesoremos de forma personalizada.<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p><span class=\"excerpt-hellip\"> [\u2026]<\/span><\/p>\n","protected":false},"author":5,"featured_media":6016,"comment_status":"closed","ping_status":"open","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":{"footnotes":""},"categories":[10],"tags":[802],"class_list":["post-6015","post","type-post","status-publish","format-standard","has-post-thumbnail","hentry","category-tecnologia-telecomunicaciones","tag-metaverso"],"aioseo_notices":[],"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/mascalvet.com\/en\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/6015","targetHints":{"allow":["GET"]}}],"collection":[{"href":"https:\/\/mascalvet.com\/en\/wp-json\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"https:\/\/mascalvet.com\/en\/wp-json\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/mascalvet.com\/en\/wp-json\/wp\/v2\/users\/5"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/mascalvet.com\/en\/wp-json\/wp\/v2\/comments?post=6015"}],"version-history":[{"count":3,"href":"https:\/\/mascalvet.com\/en\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/6015\/revisions"}],"predecessor-version":[{"id":6020,"href":"https:\/\/mascalvet.com\/en\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/6015\/revisions\/6020"}],"wp:featuredmedia":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/mascalvet.com\/en\/wp-json\/wp\/v2\/media\/6016"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/mascalvet.com\/en\/wp-json\/wp\/v2\/media?parent=6015"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/mascalvet.com\/en\/wp-json\/wp\/v2\/categories?post=6015"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"https:\/\/mascalvet.com\/en\/wp-json\/wp\/v2\/tags?post=6015"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}