{"id":4076,"date":"2020-01-27T15:41:14","date_gmt":"2020-01-27T13:41:14","guid":{"rendered":"https:\/\/mascalvet.com\/?p=4076"},"modified":"2021-06-29T12:37:32","modified_gmt":"2021-06-29T10:37:32","slug":"compliance-penal-respuestas-empresas","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/mascalvet.com\/en\/compliance-penal-respuestas-empresas\/","title":{"rendered":"Algunas respuestas sobre la necesidad del compliance penal en las empresas"},"content":{"rendered":"\n<p class=\"has-very-light-gray-background-color has-background\">Se habla mucho de <strong><a href=\"https:\/\/mascalvet.com\/areas-de-practica\/#penal\">compliance penal<\/a> <\/strong>a ra\u00edz de la serie de casos pol\u00e9micos que han salpicado a grandes empresas del sector banca, energ\u00e9tico, seguros y telecomunicaciones. Pero los planes de prevenci\u00f3n penal no son un asunto que solo interese a grandes compa\u00f1\u00edas. Los <strong>delitos <\/strong>comisibles por las personas jur\u00eddicas que recoge el <strong>C\u00f3digo Penal <\/strong>pueden ocurrir en cualquier organizaci\u00f3n y pueden poner en riesgo su viabilidad, de ah\u00ed la importancia de contar con la protecci\u00f3n de un <strong>plan de compliance adaptado<\/strong>, que siempre se debe implantar tras un an\u00e1lisis de riesgos penales. Para resolver algunas dudas b\u00e1sicas, la <strong><a href=\"https:\/\/mascalvet.com\/miembro\/cristina-sterling-stubbe\/\">abogada Cristina Sterling Stubbe<\/a><\/strong>, especialista en compliance penal del <strong>Bufete Mas y Calvet<\/strong>, ha respondido a cinco preguntas fundamentales.<\/p>\n\n\n\n<p>Recientemente, para aclarar algunas consultas recurrentes, Sterling ha colaborado en medios de comunicaci\u00f3n como en <strong><em>El Confidencial<\/em><\/strong>, con una tribuna <em><strong><a href=\"https:\/\/blogs.elconfidencial.com\/economia\/tribuna\/2020-01-12\/compliance-penal-iberdrola-villarejo-eficacia-ineludible_2407887\/\">&#8220;Una reflexi\u00f3n ineludible sobre la eficacia del &#8216;compliance&#8217; penal&#8221;<\/a><\/strong><\/em>. O en <strong><em>El Espa\u00f1ol<\/em><\/strong>, donde colabor\u00f3 resolviendo algunas dudas en el reportaje <em><strong><a href=\"https:\/\/www.elespanol.com\/economia\/empresas\/20200121\/compliance-penal-herramienta-salvar-ibex-impacto-villarejo\/461204312_0.html\">&#8220;El &#8216;compliance&#8217; penal, la herramienta que puede salvar al Ibex del impacto de los &#8216;casos&#8221; Villarejo&#8221;<\/a><\/strong><\/em>. A continuaci\u00f3n, sus respuestas: <\/p>\n\n\n\n<hr class=\"wp-block-separator\"\/>\n\n\n\n<ul class=\"wp-block-list\"><li><strong>Lea tambi\u00e9n: <a href=\"https:\/\/mascalvet.com\/plan-prevencion-penal-razones\/\">Planes de prevenci\u00f3n penal, cinco razones de peso para implantarlo en su empresa<\/a><\/strong><\/li><li><strong>Lea tambi\u00e9n:<\/strong> <strong><a href=\"https:\/\/mascalvet.com\/compliance-penal-eficaz\/\">Claves para que el compliance penal sea eficaz<\/a><\/strong><\/li><li><strong>Lea tambi\u00e9n:  <a href=\"https:\/\/mascalvet.com\/delitos-empresas-codigo-penal\/\">Nuevos delitos que pueden cometer las empresas con la reforma del C\u00f3digo Penal<\/a><\/strong><\/li><\/ul>\n\n\n\n<hr class=\"wp-block-separator\"\/>\n\n\n\n<p><strong>\u00bfQu\u00e9 son los planes de\nprevenci\u00f3n penal y para qu\u00e9 sirven?<\/strong><\/p>\n\n\n\n<p>Los planes de prevenci\u00f3n penal o\ncompliance penal son la principal herramienta legal con la que cuentan las personas\njur\u00eddicas para prevenir la comisi\u00f3n de delitos. Su adopci\u00f3n puede, adem\u00e1s, mitigar\nsu responsabilidad frente a delitos cometidos por sus integrantes. <\/p>\n\n\n\n<p><strong>\u00bfQu\u00e9 efectos tienen estos planes en la responsabilidad\npenal de las empresas?<\/strong><\/p>\n\n\n\n<p>El compliance penal puede evitar que a la entidad se le apliquen las penas previstas en el C\u00f3digo Penal en aquellos delitos comisibles por personas jur\u00eddicas. Las penas pueden ser multas, pero tambi\u00e9n pueden suponer la clausura temporal de sus locales y establecimientos; la inhabilitaci\u00f3n para obtener subvenciones y ayudas p\u00fablicas, para contratar con el sector p\u00fablico y para gozar de beneficios e incentivos fiscales o de la Seguridad Social. Puede incluso llegar a acordarse la disoluci\u00f3n de la persona jur\u00eddica, que a efectos pr\u00e1cticos es una \u2018pena de muerte\u2019, dado que conlleva la p\u00e9rdida definitiva de su personalidad jur\u00eddica y la imposibilidad de cualquier clase de actividad, aunque sea l\u00edcita.<\/p>\n\n\n\n<p>Si a pesar de contar con un plan de prevenci\u00f3n penal, el\ndelito se ha cometido igualmente, las consecuencias son menos lesivas para la\nempresa porque la existencia de un plan eficaz sirve como eximente, o en su\ncaso, como atenuante de la responsabilidad de la entidad. <\/p>\n\n\n\n<p><strong>\u00bfQu\u00e9 ha fallado en los casos\nque se han conocido por la prensa?<\/strong><\/p>\n\n\n\n<p>Que se cometa un delito no\nsignifica en todo caso que el plan de Compliance no sea eficaz, porque siempre\npuede haber un mecanismo para burlar los controles. Es verdad que hay planes\nque son simples apariencias sin ninguna operatividad. Pero otros son robustos,\nlo que ocurre es que se ha logrado burlar un control.<\/p>\n\n\n\n<p>No podemos generalizar, ya que\nlos casos que han salido a la prensa se refieren a distintas conductas y\nadem\u00e1s, y sobre todo, no conocemos los hechos de manera precisa. Pero s\u00ed\npodemos hacer algunas consideraciones. En algunos casos como Defex (venta de\narmas a Angola) o FCC (contratos de Panam\u00e1) no hubo un control y supervisi\u00f3n\neficaz. No se activaron protocolos dirigidos a evitar la comisi\u00f3n de los\ndelitos. <\/p>\n\n\n\n<p>En las tramas narradas, referidas\na corrupci\u00f3n en transacciones internacionales, llama la atenci\u00f3n la existencia\nde numerosos contratos con personas domiciliadas en terceros estados a los que\nse pagan cuantiosas sumas por la prestaci\u00f3n de servicios inexistentes; las\ncompras de material generando sobrecostes evidentes, etc\u2026. \u00bfno es llamativo que\nno existan controles o protocolos reforzados cuando se opera con terceras\npartes desde Estados remotos? \u00bfQue dichas operaciones coincidan con\nlicitaciones y que no se adopte la decisi\u00f3n de hacer un seguimiento preciso\nsobre todos contrato y transferencia efectuada? Todas estas irregularidades\ndetectadas ex post eran detectables ex ante. <\/p>\n\n\n\n<p>Cuesti\u00f3n distinta es que no se quisieran ver. Y ello nos lleva a la siguiente consideraci\u00f3n: llama tambi\u00e9n la atenci\u00f3n el n\u00famero importante de miembros de una organizaci\u00f3n que est\u00e1n implicados en estas operaciones, lo cual indica la tolerancia a semejantes conductas. Todo val\u00eda. Por tanto, hasta el punto de partida era aberrante porque no exist\u00eda ninguna cultura \u00e9tica. <\/p>\n\n\n\n<hr class=\"wp-block-separator\"\/>\n\n\n\n<blockquote class=\"wp-block-quote is-style-large is-layout-flow wp-block-quote-is-layout-flow\"><p> <em>Los planes de prevenci\u00f3n penal o compliance penal son la principal herramienta legal con la que cuentan las personas jur\u00eddicas para prevenir la comisi\u00f3n de delitos. <\/em><\/p><cite>Cristina Sterling, abogada del Bufete Mas y Calvet<\/cite><\/blockquote>\n\n\n\n<hr class=\"wp-block-separator\"\/>\n\n\n\n<p><strong>\u00bfQu\u00e9 novedades trajo la \u00faltima\nmodificaci\u00f3n del C\u00f3digo Penal?<\/strong><\/p>\n\n\n\n<p>El 13 de marzo del a\u00f1o pasado\nentr\u00f3 en vigor la Ley Org\u00e1nica 1\/2019 de 20 de febrero, que modific\u00f3 el C\u00f3digo\nPenal. Muy resumidamente, ha tenido como consecuencia la tipificaci\u00f3n de nuevos\ndelitos en los que pueden incurrir las personas jur\u00eddicas, la ampliaci\u00f3n de\nalgunos ya existentes y el endurecimiento de las sanciones. <\/p>\n\n\n\n<p>M\u00e1s concretamente, ha traspuesto\ncuatro Directivas pendientes, con incidencia penal, en distintas materias como\nson el abuso de mercado, la lucha contra el terrorismo, la lucha contra el\nfraude que afecta a los intereses financieros de la Uni\u00f3n y la protecci\u00f3n del\neuro y otras monedas frente a la falsificaci\u00f3n. Tambi\u00e9n ha completado la\nregulaci\u00f3n de determinados delitos, adapt\u00e1ndolos a directrices de car\u00e1cter\ninternacional, como son el r\u00e9gimen de prevenci\u00f3n y persecuci\u00f3n del delito de\ntr\u00e1fico de \u00f3rganos humanos, y la regulaci\u00f3n de los delitos de corrupci\u00f3n,\nreparando las grietas que la actual regulaci\u00f3n presentaba.<\/p>\n\n\n\n<p><strong>\u00bfHay alguna otra novedad legal sobre compliance penal?<\/strong><\/p>\n\n\n\n<p>Ha entrado en vigor la Directiva\n(UE) 2019\/1937 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 23 de octubre de 2019,\nrelativa a la protecci\u00f3n de las personas que informen sobre infracciones del\nDerecho de la Uni\u00f3n. Aun no se ha transpuesto a nuestro ordenamiento. Esta\nnorma busca dotar de la protecci\u00f3n adecuada a las personas que denuncien\nirregularidades a trav\u00e9s de los canales de denuncia que se creen en el marco\ndel plan de compliance penal de la organizaci\u00f3n. Su objetivo es evitar que haya\nrepresalias contra quienes, estando dentro de la organizaci\u00f3n, denuncien\nconductas il\u00edcitas. Los denunciantes que formen parte de la entidad gozar\u00e1n de\nprotecci\u00f3n no solo ya desde un punto de vista confidencial, sino tambi\u00e9n laboral.<\/p>\n\n\n\n<hr class=\"wp-block-separator\"\/>\n\n\n\n<p>Si necesita asesoramiento para conocer los <strong>riesgos penales en su empresa <\/strong>y desea implantar un <strong>plan de prevenci\u00f3n penal<\/strong> o <strong>compliance penal<\/strong> para tener mayor seguridad, cuente con el equipo de <a href=\"https:\/\/mascalvet.com\/areas-de-practica\/#penal\"><strong>especialistas en Derecho Penal<\/strong><\/a> del Bufete Mas y Calvet, tambi\u00e9n si necesita asesoramiento de defensa ante los tribunales. <a href=\"http:\/\/mascalvet.com\/contacto\/\"><strong>Contacte con nosotros<\/strong><\/a> y le asesoraremos de forma profesional, adapt\u00e1ndonos a la realidad de su negocio y sector de actividad. <\/p>\n\n\n\n<hr class=\"wp-block-separator\"\/>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p><span class=\"excerpt-hellip\"> [\u2026]<\/span><\/p>\n","protected":false},"author":5,"featured_media":4078,"comment_status":"closed","ping_status":"open","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":{"footnotes":""},"categories":[18],"tags":[56,156,124,118],"class_list":["post-4076","post","type-post","status-publish","format-standard","has-post-thumbnail","hentry","category-derecho-penal-compliance","tag-compliance-penal","tag-compliance-penal-eficaz","tag-delitos-empresas","tag-derecho-penal"],"aioseo_notices":[],"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/mascalvet.com\/en\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/4076","targetHints":{"allow":["GET"]}}],"collection":[{"href":"https:\/\/mascalvet.com\/en\/wp-json\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"https:\/\/mascalvet.com\/en\/wp-json\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/mascalvet.com\/en\/wp-json\/wp\/v2\/users\/5"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/mascalvet.com\/en\/wp-json\/wp\/v2\/comments?post=4076"}],"version-history":[{"count":12,"href":"https:\/\/mascalvet.com\/en\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/4076\/revisions"}],"predecessor-version":[{"id":5514,"href":"https:\/\/mascalvet.com\/en\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/4076\/revisions\/5514"}],"wp:featuredmedia":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/mascalvet.com\/en\/wp-json\/wp\/v2\/media\/4078"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/mascalvet.com\/en\/wp-json\/wp\/v2\/media?parent=4076"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/mascalvet.com\/en\/wp-json\/wp\/v2\/categories?post=4076"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"https:\/\/mascalvet.com\/en\/wp-json\/wp\/v2\/tags?post=4076"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}