
¿Se podrá reclamar la plusvalía tras la sentencia del Tribunal Constitucional?
28 octubre, 2021
El Bufete Mas y Calvet en Euroavia, el hackaton con estudiantes de Ingeniería Espacial
15 noviembre, 2021Baja voluntaria: lo que debe tener en cuenta el trabajador cuando deja la empresa

Las relaciones laborales se pueden extinguir como consecuencia de un despido, pero también porque el trabajador decide cambiar de trabajo y marcharse de la empresa. Así lo recoge el artículo 49.1 del Estatuto de los Trabajadores, que recoge que uno de los motivos legales para extinguir el contrato laboral es la dimisión del trabajador. En este último caso, se debe cumplir con una serie de requisitos legales para cursar la baja voluntaria. Si necesitas asesoramiento, contacta con nuestra área de Derecho Laboral.
- Las Fundaciones como impulsoras de la economía social
- NUEVA ERA EN EL REGISTRO HOTELERO (RD 933/2021): LA AEPD PROHÍBE EXPLÍCITAMENTE SOLICITAR COPIAS DE DNI O PASAPORTE A HUÉSPEDES
- El ICAM otorga el Premio a la Innovación Jurídica al Dr. Efrén Díaz Díaz por su trabajo sobre el uso dual civil y militar en el espacio
- El derecho como vocación y servicio: entrevista a Manuel Cuchet
- La Comunidad de Madrid amplía beneficios fiscales en herencias desde el 1 de julio 2025
El trabajador debe comunicar su baja voluntaria, tanto si el motivo es que ha encontrado otro empleo, como si desea emprender, cambiar de residencia, hacerse cargo del cuidado de familiares, realizar estudios, etc.
La baja voluntaria atiende a una decisión del trabajador adoptada libremente, por su propia voluntad. Ningún trabajador debe presentar la baja voluntaria presionado por la empresa para, por ejemplo, evitar pagarle la indemnización por despido que le correspondería. En casos de este tipo, el trabajador tendrá que asesorarse con un abogado laboralista para que le indique las vías de actuación con las que cuenta”, explica Luis Jiménez-Arellano, abogado especialista en Derecho Laboral del Bufete Mas y Calvet.
Pasos para presentar la baja voluntaria
Paso 1. Comunicación. El trabajador debe comunicar a su empresa su deseo de rescindir su contrato de trabajo y debe hacerlo mediante la comunicación de la baja voluntaria. Si lo desea, puede hacerlo verbalmente, por ejemplo, durante una charla con sus jefes y con el responsable de Recursos Humanos. Pero será indispensable que esta comunicación quede plasmada por escrito.
Puede hacerlo con un documento impreso, pero será necesario que solicite acuse de recibo, por ejemplo, solicitando una copia de la carta firmada y sellada por la empresa. También lo puede comunicar por email, siendo recomendable que ponga en copia a los responsables de Recursos Humanos de su empresa. En el contenido, se debe limitar a informar que causa baja voluntaria de la empresa, la fecha de su último día de trabajo y solicitar la preparación del saldo y finiquito con esa fecha.
Paso 2. Preaviso. Se debe comunicar la baja voluntaria con, al menos, 15 días de antelación. Este plazo puede variar en función de lo que se establezca en el convenio colectivo. Si no se cumple con ese plazo, estos días o la parte de ellos que falte para cumplir con el plazo de preaviso se descontarán en el recibo de saldo y finiquito.
Paso 3. Indemnización. Al ser una baja voluntaria, cursada por el trabajador, y no un despido realizado por la empresa, no existe derecho a percibir una indemnización.
Paso 4. Saldo y finiquito. El trabajador que cursa baja voluntaria en su empresa tiene derecho a percibir el saldo y finiquito con las cantidades que se adeuden en la fecha de su salida. Y debe contener:
- Recibo con el detalle del saldo y finiquito.
- La parte proporcional del salario correspondiente a los días del mes que ha estado trabajando en la empresa.
- El abono de la parte proporcional de las vacaciones no disfrutadas. Si ha disfrutado de más vacaciones, de las que le correspondían hasta su salida, se le descontarán.
- También se debe incluir la parte proporcional de los pluses, pagas extraordinarias, y horas extraordinarias que haya realizado el trabajador y que no se hayan pagado.
- Si ha habido días en que el trabajador se haya ausentado de su puesto de trabajo, también se descontarán
Paso 5. Prestación por desempleo. A diferencia de cuando se produce un despido, el trabajador que cursa baja voluntaria en la empresa no tiene derecho a percibir la prestación por desempleo.
¿Baja voluntaria o abandono del puesto de trabajo?
La comunicación de la baja voluntaria es indispensable. Si el trabajador se va de la empresa y no ha realizado ningún tipo de comunicación sobre los motivos, podría incurrir en el abandono del puesto de trabajo.
Lo habitual es que la empresa intente comprobar las causas del absentismo del trabajador que, por ejemplo, puede haber sufrido un accidente grave sin haber podido notificarlo o bien que haya confundido las fechas de reincorporación tras una baja por incapacidad temporal.
El abandono del puesto de trabajo se puede traducir en una baja voluntaria en los siguientes casos:
- Cuando el empleado no acude a su puesto de trabajo sin justificación y en repetidas ocasiones.
- Cuando estando enfermo, no presenta parte de baja ni justificante.
- Cuando se va de vacaciones en unas fechas que no han sido aprobadas por la empresa o si se toma más días de vacaciones de los que le corresponden.
- Cuando no se reincorpora a su puesto de trabajo tras una excedencia, una baja laboral o una sanción de empleo y sueldo.
- Cuando no acude a su puesto de trabajo tras solicitar una excendencia que ha sido rechazadas por la empresa.
Asesoramiento laboral para tu empresa
Si tu empresa necesita asesoramiento sobre los diferentes instrumentos legales a su alcance para afrontar, desde el punto de vista laboral, la crisis generada por la pandemia de Covid-19, cuenta con nuestro equipo de abogados. Somos profesionales de amplia experiencia y realizaremos un análisis multidisciplinar y detallado de tu caso, para ofrecer soluciones adaptadas a la realidad de tu negocio. Contacta con nosotros.